El sindicato sostiene que el pago de la fianza supondría su “inmediato bloqueo económico”
El Tribunal de Cuentas ha reclamado 9.745.882 euros al sindicato UGT en virtud de un expediente de responsabilidad contable que deriva del caso de los ERE de Andalucía. La investigación se inició hace más de 10 años y ha culminado este mes de julio en un acta de liquidación por la mencionada cifra, decisión que ha sido recurrida por el sindicato socialista denunciando indefensión. UGT hace constar en su recurso que la cantidad exigida supondrá la paralización de su actividad sindical si implica el bloqueo de fuentes de ingresos y cuentas bancarias, por lo que ofrece responder a la reclamación con su patrimonio inmobiliario como garantía.
El acta de liquidación describe las irregularidades atribuidas a las centrales sindicales como actividades relacionadas con “los expedientes de regulación de empleo tramitados en el ámbito de la Junta de Andalucía”, mediante ayudas que no se gestionaron debidamente. En su momento, dichos expedientes de regulación de empleo (ERE) tuvieron por finalidad atender a la situación en la que se encontraban los trabajadores que perdieron su puesto de trabajo y que, “por distintas razones, presentarían dificultades de integración en el mercado laboral”. Las ayudas perseguían, por tanto, amortiguar “el impacto sociolaboral que pudieran causar las crisis de las medianas y grandes empresas radicadas en la comunidad” andaluza.
Las ayudas se concedían a “trabajadores afectados por un expediente de regulación de empleo u otro tipo de despido”. Pero fueron incluidos y se beneficiaron de este mecanismo otros “trabajadores que no reunían las condiciones exigidas para ello”, según el Tribunal de Cuentas. La responsabilidad contable, en suma, se derivaría de que este tipo de prácticas dio lugar “a la existencia de unos menoscabos en los fondos públicos de la Junta de Andalucía que estarían constituidos por el importe de las primas correspondientes a las pólizas de seguros de rentas contratadas para la cobertura de estas contingencias”. Todo ello se refiere a los casos de “aquellos trabajadores que indebidamente hubieran sido incluidos en los expedientes de regulación de empleo, en los importes que hubieran sido financiados por la Junta de Andalucía”.
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El acta de liquidación fue comunicada a las partes el pasado 15 de julio, mediante la entrega de “ingente documentación”, expresión que utiliza el letrado de UGT en su recurso, para sostener que el sindicato ha quedado en una situación de indefensión. Parte de los 9,7 millones de euros exigidos —en concreto, 2.862.584 euros— se reclama de forma conjunta y solidaria con la Federación Minerometalúrgica de CC OO. Pero la impugnación relata que el delegado instructor de este procedimiento no especificó “qué concretas irregularidades fundamentaban” las imputaciones. De ahí, sobre todo, que se alegue indefensión. La citación se dirigió a la Federación Estatal del Metal, Construcción y Afines de UGT, que ya no existe, puesto que en 2016 se fusionó con la Federación de Industria y de los Trabajadores Agrarios del mismo sindicato, dando lugar a una nueva Federación de Industria, Construcción y Agro, que fue la que compareció al acto.
Frente a la reclamación del Tribunal de Cuentas, UGT ha presentado un recurso en el que advierte de que “el afianzamiento inmediato por parte de esta Federación de UGT de la cantidad requerida de 9.745.882 euros, objetivamente muy elevada, afecta al normal desenvolvimiento de la actividad del sindicato, comprometiendo su actividad sindical y en definitiva el derecho fundamental de libertad sindical (artículo 28.1 de la Constitución)”. El escrito subraya que “ni esta Federación sindical, ni tampoco la de Metal, Construcción y Afines, ni ninguna otra, ha recibido cantidad alguna de las que se reclama afianzamiento, sino que las han recibido los trabajadores afectados por los expedientes laborales correspondientes”.
“Función constitucional”
El recurso subraya que “aportar o afianzar” la cantidad reclamada “conlleva el inmediato bloqueo económico-financiero del sindicato y por tanto que no tenga medios suficientes para llevar a cabo su función constitucional”. En este sentido, UGT anuncia que si se llega a esta situación acudirá ante el Constitucional en petición de amparo. También advierte de que si se le embargan las subvenciones finalistas que reciben o las cuentas bancarias de sus secciones y comités de empresa o se le exige un “aval bancario de imposible obtención, por la retención de dinero que supondría, se le estaría impidiendo el ejercicio de la acción sindical”.
Las alegaciones presentadas contra la reclamación de los 9,7 millones de euros subrayan la “especial ubicación” de los sindicatos en la propia Constitución, lo que “realza” su posición como “uno de los soportes institucionales básicos de la sociedad”. También destaca que las centrales, en el ejercicio de la libertad sindical, “no pueden ser suspendidas ni disueltas”, salvo por resolución firme.
Para evitar todo riesgo de paralización, la impugnación propone que, “de mantenerse la obligación de afianzamiento de la cantidad señalada”, se permita que la garantía que se aporte se reduzca a la constitución de hipoteca unilateral sobre los inmuebles propiedad de la citada Federación, o su embargo. El sindicato argumenta que solo el afianzamiento a través de estos bienes permitiría la continuidad del ejercicio de su actividad sindical.
EL PAIS