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jueves, 5 de abril de 2018

Lamela procesa a Trapero y a los exjefes políticos de los Mossos por sedición

La jueza de la Audiencia Nacional aboca al banquillo al exjefe de los Mossos, a César Puig y Pere Soler también por organización criminal.
La juez de la Audiencia Nacional Carmen Lamela ha procesado este jueves al exjefe de los Mossos d’Esquadra Josep Lluís Trapero por organización criminal y dos delitos de sedición por la actuación del cuerpo policial autonómico en el proceso independentista de Cataluña y especialmente en el referéndum ilegal del 1 de octubre y en los altercados de los días 20 y 21 de septiembre, cuando una multitud trató de impedir una operación de la Guardia Civil contra los preparativos de la consulta soberanista prohibida por el Tribunal Constitucional y los jueces.
En la misma resolución, la magistrada también ha procesado por los mismos delitos a los ex jefes políticos de los Mossos Pere Soler –exdirector del cuerpo- y César Puig, ex secretario general de la Consejería de Interior. Lamela procesa, además, por un delito de sedición a la intendente del cuerpo en el distrito barcelonés del Eixample Teresa Laplana, en este caso por su papel en los hechos del 20 y 21 de septiembre. Los cuatro deberán comparecer el próximo 16 de abril para declarar ante la juez.
La juez Lamela prácticamente ha concluido la investigación sobre la labor de los Mossos en el proceso secesionista de Cataluña, que culminó el 27 de octubre con la declaración de independencia y la intervención estatal de la autonomía por el artículo 155 de la Constitución. Los Mossos, según Lamela, se mantuvieron al margen de cualquier actuación desarrollada por la Policía y la Guardia Civil, con una conducta dirigida “a obstruir cualquier actuación que bloquease el plan estratégico hacia la independencia”, siguiendo una pauta anunciada previa y públicamente por el exconsejero de Interior Joaquim Forn, actualmente en prisión, y por los procesados Pere Soler y César Puig.
En el caso del referéndum del 1 de octubre, la cúpula de los Mossos, sostiene Lamela, puso en marcha un plan para evitar actuar. La actuación del cuerpo “enmascarada bajo los principios de actuación policial de proporcionalidad, congruencia y oportunidad, fue de total inactividad”, afirma la magistrada, que abrió la causa en septiembre de 2017 tras los altercados de los días 20 y 21 de ese mes.
Lamela considera que Trapero, Soler y Puig integraban una organización jerarquizada “bajo una dirección común en cuya cúspide se encontraba el presidente de la Generalitat de Cataluña”, Carles Puigdemont, encarcelado en Alemania desde el 25 de marzo a la espera de su posible entrega a la justicia española. Esta “estructura estable”, según la magistrada, tiene los caracteres de la organización criminal: jerarquía, permanencia en el tiempo y reparto de tareas.
La juez Lamela observa que los procesados pudieron ser autores o cooperadores necesarios de los delitos de sedición por “omisión”. Sobre los altercados del 20 y 21 de septiembre, cuando una multitud movilizada por las entidades soberanistas ANC y Òmnium impidió la salida de los guardias civiles y la comisión judicial que registraban la sede de la Consejería de Economía, la juez afirma: “Lejos de actuar se limitaron a aparentar la imposibilidad de tal cumplimiento a la vista del tumulto de personas concentradas en el edificio, cuando en realidad se trataba de una abierta negativa a las reiteradas peticiones de auxilio que recibieron procedentes de la Guardia Civil, en aras a proteger a la comisión judicial encargada de llevar a cabo los registro por orden judicial”.
En el caso de la jornada del referéndum, la actuación de los procesados no solo se limitó a no dar cumplimiento a la actuación judicial sino que fue más allá, según la juez, “propiciando que sus planes de actuación fueran conocidos de antemano por los ocupantes de los colegios facilitando de esta manera que éstos pudieran preparar los escenarios que llevarían a los Mossos a no actuar, obstruyendo a los agentes policiales, dispuestos realmente a cumplir aquella orden judicial, espiando y controlando sus acciones”.
La juez basa su resolución en una serie de indicios recogidos durante la fase de instrucción, entre los que destacan el llamado documento Enfocats, que recoge la hoja de ruta hacia la independencia y el papel de los distintos actores del procés. También se recoge un informe de la Guardia Civil con las comunicaciones de los Mossos en la jornada del referéndum en la que se constata que los agentes no tenían intención de cerrar los colegios electorales, como había ordenado el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña.
El auto subraya que los agentes autonómicos se limitaron a decomisar las urnas o bien cuando se las entregaban voluntariamente los responsables de cada centro o una vez terminada la votación y realizado el recuento y que algunos llegaron incluso a actuar contra los agentes de la Guardia Civil y la Policía Nacional.
La juez también recoge la declaración del coronel Diego Pérez de los Cobos en la que señaló que su impresión era que el operativo diseñado era el complemento perfecto para no cumplir con el auto del TSJC ya que las pautas partían de que si se daban determinada condiciones –si había mucha gente, si había menores o personas mayores, o si eran pacíficos- no se haría uso de la fuerza, por lo que se estaba se estaba configurando el escenario de que, de producirse, imposibilitaría la actuación de los Mossos y su justificación, escenario que se cumplió la mañana del día 1, por lo que “tenían la excusa perfecta para no actuar”.
En su auto, la juez también incorpora el testimonio de un testigo protegido que señaló que se les dio la orden genérica a todos los equipos para informar de los movimientos de Guardia Civil y Policía, así como la actitud de los Mossos a la llegada de los agentes de la Benemérita a los colegios electorales de “total pasividad, incluso al ser agredidos los guardias por la gente congregada y de total alejamiento respecto de los guardias civiles, desoyendo sus peticiones de colaboración”. También se refiere a las indicaciones que se dieron en los briefings en las que se les prohibió un gran número de acciones, entre ellas entrar a la fuerza o que no hicieran uso de la defensa, por lo que muchos agentes optaron por no llevarla.
Igualmente tiene en cuenta la magistrada el análisis de la documentación intervenida el 26 de octubre en el interior de tres vehículos camuflados de los Mossos con 36 cajas con abundante documentación para su destrucción. Estos papeles ponen de manifiesto, según la juez, que desde la dirección de los Mossos “se tenía perfecto conocimiento de los riesgos y movilizaciones previstas para el día 1 de octubre, por tanto de las medidas que eran necesarias adoptar, a todas luces diferentes de las que finalmente fueron adoptadas”.

martes, 20 de febrero de 2018

La Fiscalía se inclina por solicitar prisión para Trapero este viernes



Trapero


La Fiscalía tiene previsto mantener su solicitud de prisión para el exmayor de los Mossos d’Esquadra, Josep Lluís Trapero, en su declaración como investigado por un segundo delito de sedición durante la celebración del referéndum ilegal del 1 de octubre en Cataluña. Trapero está citado a declarar como investigado por tercera vez este viernes ante la titular del Juzgado Central de Instrucción nº 3 de la Audiencia Nacional, Carmen Lamela.

El pasado 16 de octubre, la magistrada le impuso ya medidas cautelares obligándole a entregar su pasaporte, prohibiéndole salir de España y con comparecencias quincenales en el Juzgado. Trapero fue citado entonces por el primer delito de sedición por la “inacción” de los Mossos durante las algaradas callejeras del 20 y el 21 de septiembre contra la Policía y la Guardia Civil. Las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado efectuaban la ‘Operación Anubis’ contra altos cargos de la Generalitat de Cataluña, relacionados con la organización del referéndum ilegal del 1 de octubre.
Según las fuentes consultadas, este viernes el Ministerio Público podría mantener su petición de prisión para el exmayor de los Mossos que ya efectuó en octubre, sin embargo, todo dependerá de su declaración y todavía no hay una decisión firme al respecto. Trapero tiene a favor el paso del tiempo, ya que la petición realizada en su día por el Ministerio Público no fue atendida y 4 meses más tarde, esta petición de medida cautelar tan severa podría perder peso en la actualidad.
La magistrada Lamela investiga el segundo delito de sedición de Trapero en relación con los hechos acaecidos el mismo 1 de octubre de 2017. Las mismas fuentes apuntan que “existen muchos más indicios incriminatorios contra Trapero por el referéndum ilegal del 1-O” que por las algaradas del 20 y del 21 de septiembre. 
En su nuevo escrito de imputación emitido este lunes, Lamela pide a los Mossos  d’Esquadra que le informen sobre la forma en que se les comunicó el operativo dispuesto para el 1-O, como la identidad de las personas que lo hicieron, los medios escritos u orales utilizados, las pautas de actuación, las órdenes recibidas, la identidad de los jefes de las unidades Brimo y Arro que se encontraban de servicio aquel día, así como las composición y funcionamiento de la cadena de comunicaciones internas entre los agentes que se encontraban de servicio durante aquella jornada.
Lamela también requiere a la Guardia Civil de Cataluña que identifique a los agentes de los Mossos que realizaron actuaciones de vigilancia sobre los cuarteles de la Guardia Civil y Comisarías de Policía Nacional el 1 de octubre.
La magistrada explica en su escrito que a lo largo de la investigación  desarrollada se han averiguado otros hechos que indican que la actuación de los Mossos prevista en un principio para impedir la celebración del referéndum, lejos de ello “fue dirigida a obstruir cualquier actuación que bloquease el plan estratégico hacia la independencia”.
Con esta finalidad, según relata Lamela en su auto, “se diseñó un plan premeditado para evitar actuar, que procedía de la cúpula policial de Mossos d’Esquadra, cúpula comandada por Josep Lluís Trapero y en conexión directa con los miembros del comité estratégico”.
La conducta de los Mosos, según Lamela, desde el día 20 de septiembre hasta la fecha del referéndum el 1 de octubre, “enmascarada bajo los principios de actuación policial de proporcionalidad, congruencia y oportunidad, fue de total inactividad”.
Los antidisturbios de los Mossos el 1-O (Foto:Twitter)
La juez añade que tanto el fiscal jefe de Cataluña  como el coronel de la Guardia Civil, Diego Pérez de los Cobos, pusieron de manifiesto al mayor de los Mossos que el Plan de Actuación que se había elaborado de forma previa no era adecuado para el cumplimiento de las órdenes que le habían sido impartidas, “comprometiéndose éste a modificarlo con las recomendaciones que le dieron. Ello no obstante nunca llegó a realizar ninguna modificación, dirigiendo su actuación conforme al Plan originario”, concluye Lamela.

Dos delitos de sedición

En el mismo auto, la juez Lamela sostiene que la finalidad inmediata de Trapero estaba orientada “a facilitar la celebración del referéndum y con ello la proclamación de una república catalana, independiente de España, siendo consciente de que desarrollaba una actuación al margen de las vías legales, desatendiendo el mandato recibido desde el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña y en contra de las decisiones adoptadas por el Tribunal Constitucional”.
Los hechos atribuidos a Trapero podrían constituir, según Lamela, dos delitos de sedición por los hechos acaecidos los días 20 y 21 de septiembre  y de 1 de octubre de 2017, sin perjuicio de ulteriores calificaciones “Y en particular de la calificación de los hechos como constitutivos de un delito de organización criminal del art. 570 bis del Código Penal”.



martes, 13 de febrero de 2018

Los Mossos montaron un operativo para vigilar a policías y guardias civiles



Mossos, vigilancia, policias, guardas civiles“Petición: Se transmite a todo el territorio que CECOR (Centro de Coordinación) solicita que en caso de localizar vehículos y efectivos de CNP (Policía Nacional) y GC (Guardia Civil) efectuando movimientos, se informe a través del chat”. Se trata de la orden que dieron “a todo el territorio” los Mossos de Esquadra días antes del 1-O, según se recoge en un informe que la Guardia Civil ha enviado a la juez de la Audiencia Nacional Carmen Lamela.

La Benemérita, tras investigar las comunicaciones internas que tuvieron lugar entre los mandos y los agentes de los Mossos, han llegado a la conclusión de que la Policía catalana urdió un operativo para controlar los movimientos de las Fuerzas de Seguridad del Estado.

Entre los mensajes emitidos por los Mossos, que ocupan dos tomos de la causa, se encuentran avisos del momento exacto en el que los policías y los guardias civiles salían de camino a los colegios electorales para cumplir las órdenes de evitar la celebración del referéndum ilegal. “70 vehículos de la Guardia Civil se encuentran en aparcamiento aeropuerto Gerona”, indica una de las notas recogidas por El Periódico.

En la operación para vigilar a Policía y Guardia Civil podrían estar implicados a exaltos cargos, por lo que el Instituto Armado ha puesto el documento en conocimiento de la juez Lamela, encargada de investigar al que fuera Mayor de los Mossos de Esquadra durante el operativo del 1-O y durante el acoso a la Benemérita en la Consejería de Economía.

El Instituto Armado ha decidido poner en conocimiento de Lamela el documento, elaborado en base a información recogida en las diferentes comisarías del Cuerpo autonómico, puesto que este operativo

  Este viernes el juez del Tribunal Supremo Pablo Llarena ha pospuesto su decisión de incorporar a Trapero en la investigación por rebelión en relación al proceso separatista en Cataluña, tal y como le había pedido la Fiscalía, que le considera “eje central” del ‘procés’.

martes, 5 de diciembre de 2017

Puigdemont, ante un dilema: venir a España y declarar o arriesgarse a perder su acta tras el 21-D

La primera consecuencia de la decisión de Llarena es que cuando Puigdemont ponga un pie en España será detenido y juzgado por los mismos delitos que el resto del Govern; la segunda, indirecta, es que el auto lo ha desactivado «políticamente»


http://www.abc.es/espana/abci-supremo-retira-euroorden-contra-5668397710001-20171205011317_video.html

Puigdemont, expresidente de la Generalitat, ya no podrá seguir vendiendo que es un «perseguido» político

La decisión del magistrado Pablo Llarena de retirar las euroórdenes emitidas por la juez Carmen Lamela contra el expresidente catalán Carles Puigdemont y los otros cuatro exconsejeros huidos abre un nuevo escenario para todos ellos. Bajo la premisa de que cuando pongan un pie en España serán detenidos (el juez ha desactivado la euroorden, pero no las órdenes nacionales de detención), ahora deberán enfrentarse a un dilema: regresar a España y declarar ante el juez como hicieron sus compañeros de gobierno o quedarse en Bruselas so pena de que si tras las elecciones del 21-D resultan elegidos (en el caso de Puigdemont es una certeza porque es el número uno de la lista) no podrán recoger su acta, salvo que vengan a España con las consecuencias del primero de los escenarios: detención, declaración jucicial y decisión sobre medidas cautelares. [Últimas noticias de Cataluña y de las elecciones catalanas del 21D en directo]
El caso de los exconsejeros que no se fugaron se saldó el lunes con dos en prisión incondicional (el exvicepresidente Junqueras y el exconsejero de Interior Joaquim Forn) y seis en libertad tras pagar una fianza de 100.000 euros y estar previamente 31 días en la cárcel (la juez Lamela dictó en su momento prisión incondicional para todos ellos a excepción de Santi Vila).
El magistrado da dos razones fundamentales que le llevan a retirar las euroórdenes sobre Puigdemont y los consejeros: la primera es que cabe la posibilidad de que Bruselas decida entregar a los prófugos por solo algunos de los delitos que se le imputan desde España (rebelión, sedición, malversación, prevaricación y desobediencia).
El artículo 4 de la Decisión Marco del Consejo de Europa de 13 de junio de 2002 prevé que se puede denegar la orden si los hechos que la motivan no son constitutivos de delito de acuerdo con el derecho del Estado miembro de ejecución. A juicio del magistrado, si las euroórdenes no se retiran se asume el riesgo de que a los huidos se les aplique una vara de medir distinta que a los exconsejeros investigados por el Tribunal Supremo, lo que situaría a estos últimos en lo que en términos jurídicos se conoce como «peor derecho». El «plan conjunto» que la investigación atribuye a ejecutivo y legislativo catalán -y que justificó la acumulación de las causas en el Alto Tribunal, sin diferenciar aforados de los que no lo eran- no permite hacer esas diferencias entre unos y otros imputados.

Se acabó el victimismo

La otra razón que apunta Llarena es que los huidos «parecen haber mostrado su intención de retornar a España con la finalidad de tomar posesión y ejercer unos cargos electivos para cuyos comicios se han presentado recientemente». Si esto es así, Puigdemont será detenido sin contemplaciones y con la certeza de que sí se va a someter a idénticos cargos que sus compañeros.
Lo que parece claro es que la decisión del juez ha desactivado políticamente al expresidente Puigdemont, que ya no podrá presentarse ante la comunidad internacional como un «perseguido» político. Dar la cara ante su electorado es algo que ya solo va a depender de él. Y si tras el 21-D no piensa recoger su acta para evitar saldar cuentas con la justicia española es algo que sus potenciales electores deberían saber cuanto antes.
 

viernes, 3 de noviembre de 2017

Puigdemont y los cuatro exconsejeros huidos, en busca y captura

La juez cursa la orden europea de detención y entrega que le solicitó la Fiscalía contra el expresidente de la Generalitat

Lamela rechaza la petición de declarar por videoconferencia y acuerda su ingreso en prisión para impedir su huida

La acción también incluye la orden de detención nacional e internacional a través de la policía, la guarda civil e interpol

 
Carles Puigdemont grabando un mensaje en Bruselas - EFE

En busca y captura. La juez de la Audiencia Nacional Carmen Lamela ha cursado este viernes la orden europea de detención y entrega que le solicitó la Fiscalía contra Carles Puigdemont y los cuatro exconsejeros que le acompañan en su huida de la justicia en Bélgica. Se inicia con este paso el proceso para traerles de vuelta a España, donde serán interrogados. La magistrada, que ordena el ingreso en prisión de los fugados, también ha dictado una orden de busca y captura nacional e internacional contra todos ellos, a través de la Policía Nacional, la Guardia Civil e Interpol.
El Ministerio Público pidió ayer el arresto del expresidente de la Generalitat y los antiguos gobernantes catalanes Antoni Comín, Meritxell Serret, Lluís Puig y Clara Ponsatí. La Fiscalía lo solicitó después que ninguno de ellos acudiera a la Audiencia Nacional, donde estaban citados, imputados por rebelión, o sedición, y malversación. Los nueve líderes independentistas que acudieron al tribunal durmieron ayer en dos prisiones de Madrid.
La orden europea dictada por la juez de la Audiencia Nacional será resuelta por un tribunal belga, sin que los gobiernos de ambos país intervengan. Este proceso, en caso de que se estiren todos los plazos y agoten los recursos, puede alargarse hasta sesenta días, según informaron a ABC fuentes jurídicas. La euroorden ha sido enviada a las autoridades judiciales belgas, en este caso a la Fiscalía Federal Belga, dado que es el lugar donde se han refugiado. La orden también se ha insertado en el programa Sirene de la policía.

«Llamando a la insurrección»

Al relatar los hechos investigados, Lamela acusa a Puigdemont de «liderar» el proceso independentista ilegal, un plan preconcebido de todo el soberanismo. Los imputados, según la juez, «utilizaron la fuerza intimidatoria y violenta de los sectores independentistas de la población, llamando a la insurrección, contraviniendo y desafiando con ello el ordenamiento constitucional español»
La resolución de la magistrada acuerda también el ingreso en prisión de Puigdemont ante la evidencia de que existen los riesgos que el encarcelamiento preventivo busca impedir: que los investigados se fuguen, destruyan pruebas o reiteren en los delitos imputados.
Tampoco existe la opción de que los huidos declaren por videoconferencia, una opción que las leyes procesales penales permiten para los imputados o testigos por «razones de utilidad, seguridad o de orden público». Lamela explica que Puigdemont y los consejeros que pidieron declarar de esta forma no alegaron ningún motivo concreto y ni siquiera aportaron un paradero conocido.
Esta previsión de las leyes no está contemplada en ningún caso para alguien que, residiendo y teniendo su arraigo en España, «se fuga y se refugia en un Estado miembro para no estar a disposición de los tribunales de su Estado», el objetivo de la escapada de Puigdemont. Además de los delitos por los que se querelló el Ministerio Público, la juez también atribuye al expresident prevaricación y desobediencia, delitos que no se castigan con penas de prisión.
ABC