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viernes, 4 de diciembre de 2020

Carme Forcadell y Dolors Bassa vuelven a prisión después de revocar el Supremo el tercer grado a los presos del ‘procés’

El tribunal ve un intento de la Generalitat de dar a los líderes independentistas un “tratamiento penitenciario privilegiado”

Carme Forcadell reingresa a la cárcel de Wad Ras (Barcelona).

Carme Forcadell reingresa a la cárcel de Wad Ras (Barcelona).ALBERT GARCIA



La expresidenta del Parlamento de Cataluña Carme Forcadell y la exconsejera de Salud Dolors Bassa han vuelto a ingresar este viernes en las prisiones de Wad Ras (Barcelona) y de Puig de les Basses, en Figueres (Girona), después de que el Tribunal Supremo revocara el tercer grado de que disfrutaban los nueve líderes independentistas catalanes condenados por sedición por el proceso secesionista del otoño de 2017. El tribunal también ha revocado para todos ellos la aplicación del artículo 100.2 del reglamento penitenciario, que les permitía salir de prisión a diario para trabajar, hacer voluntariado o cuidar de familiares. Forcadell y Bassa, militantes de ERC, han acudido a los centros penitenciarios acompañadas por un grupo de simpatizantes.

Oriol Junqueras y el resto de presos del procés seguirán encarcelados sin disfrutar de la semilibertad de la que gozaron durante unas semanas el verano pasado. Los beneficios penitenciarios estaban suspendidos temporalmente en casi todos los casos a la espera de la decisión del alto tribunal. Los magistrados que juzgaron el procés consideran “prematuro” que los presos disfruten ya del tercer grado y destacan que es preciso que transcurra un periodo de tiempo mayor para evaluar la evolución del interno y el tratamiento penitenciario, especialmente cuando se trata de condenas elevadas (de 9 a 13 años de cárcel) de las que ninguno ha cumplido la mitad, y la mayoría ni siquiera una cuarta parte.

El tribunal ha anulado también la otra vía abierta por la Generalitat para flexibilizar el cumplimiento de la pena de los nueve presos: la aplicación del artículo 100.2 del reglamento penitenciario, que les permitía salir de prisión a diario para trabajar, hacer voluntariado o cuidar de familiares. En sus resoluciones, el tribunal ve un intento de la Generalitat de dar a los líderes independentistas un “tratamiento penitenciario privilegiado”. El futuro penitenciario de los nueve presos está en manos del Supremo mientras el Gobierno tramita el indulto y debate la reforma del delito de sedición.

El acuerdo adoptado por el Supremo solo tiene consecuencias prácticas para la expresidenta del Parlament Carme Forcadell (condenada a 11 años y medio por sedición) y la exconsejera Dolors Bassa (12 años por sedición y malversación). Ellas fueron las únicas que se beneficiaron de las discrepancias de criterio existentes entre los juzgados de vigilancia penitenciaria sobre si el tercer grado de los presos del procés debía quedar en suspenso hasta que el Supremo confirmara o anulara la semilibertad. Ambas han continuado acudiendo a la cárcel solo a dormir de lunes a jueves y pasando los fines de semana en sus casas, mientras los siete presos hombres, cuya cárcel depende de otro juzgado, volvieron a finales de julio al régimen ordinario de prisión. Forcadell y Bassa perderán ahora esa semilibertad.

La decisión del Supremo sobre el tercer grado la han tomado los mismos jueces que juzgaron y sentenciaron el caso, con la excepción del magistrado Luciano Varela, ya jubilado. El tribunal ha estado integrado por el presidente de la Sala de lo Penal, Manuel Marchena, que ha ejercido como ponente, y los magistrados Antonio del Moral, Ana Ferrer, Andrés Martínez Arrieta, Juan Ramón Berdugo y Andrés Palomo del Arco. En los nueve autos notificados este viernes, de contenido similar, los magistrados explican que la concesión del tercer grado a un interno que no haya cumplido la cuarta parte de la condena (que es el caso de todos ellos salvo Jordi Cuixart, Jordi Sánchez, Joaquim Forn y Josep Rull, que tampoco han cumplido la mitad) es excepcional y exige “una justificación reforzada, lógicamente, con respecto a aquella exigible en los supuestos en los que se propone para el tercer grado a un interno que ya ha cumplido la cuarta parte de la condena”.

La expresidenta del Parlament Carme Forcadell, antes de entrar en el centro penitenciario.
La expresidenta del Parlament Carme Forcadell, antes de entrar en el centro penitenciario.ALBERT GARCIA

Sin embargo, según el Supremo, la Generalitat, que otorgó la semilibertad, y los jueces de Vigilancia Penitenciaria, que la avalaron, no solo no han dado argumentos que justifiquen la concesión de esta medida sino que han vinculado el encarcelamiento de los líderes independentistas con sus ideas políticas, una interpretación que censuran los magistrados. “Yerra la juzgadora de instancia al dejar entrever que la estimación del recurso del Ministerio Fiscal implicaría exigir al interno que modificara su ideología. El señor Junqueras no fue condenado por su ideología independentista. Fue declarado autor de un delito de sedición en concurso con un delito de malversación de caudales públicos en su modalidad agravada, con base en los hechos declarados probados en el juicio histórico de nuestra sentencia”, advierten los magistrados en el auto referido al exvicepresidente de la Generalitat. “Nadie cumple condena en un centro penitenciario por sus ideas políticas”, añaden.

El tribunal también cuestiona lo que considera un “distanciamiento” entre algunas de las decisiones adoptadas por la administración penitenciaria catalana y lo que, según los magistrados, debería ser el “adecuado cumplimiento de sus funciones”. “El principio de flexibilidad (…), de tanta importancia para hacer realidad el fin constitucional de resocialización del penado, no convierte a las Juntas de Tratamiento en una última instancia llamada a corregir los desacuerdos de los funcionarios que las integran con el desenlace de un determinado proceso (…). Tampoco permite el traslado injustificado de un penado a otro centro penitenciario si esa decisión está estratégicamente dirigida a rectificar la competencia del Juez de Vigilancia Penitenciaria, fijada en atención al ámbito territorial en el que se asiente la prisión”, señalan los jueces en relación con el cambio de prisión de la expresidenta del Parlament Carme Forcadell, que intentó así esquivar la decisión del juez de Vigilancia Penitenciaria de Lleida, a la que correspondía la cárcel en la que Forcadell empezó a cumplir la condena, de que el Supremo se pronunciara sobre la aplicación del artículo 100.2.

Un “tratamiento privilegiado”

La sala advierte a la Generalitat de que “la administración penitenciaria no puede distanciarse de los principios y garantías que informan la ejecución de las penas de prisión impuestas por los tribunales”. “Su acatamiento de la legalidad no debe hacerse depender de su grado de identificación o desacuerdo con la argumentación jurídica sobre la que se fundamenta la condena. De lo contrario, se subvierte el papel que la ley reserva a los órganos administrativos que, de esta forma, se convierten en una extravagante tercera instancia que se arroga la tarea de hacer más justa la decisión emanada de los jueces y tribunales constitucionalmente llamados al ejercicio de la función jurisdiccional”. “Los órganos de la administración penitenciaria no pueden vaciar la respuesta penal proclamada por un tribunal de justicia”, señala el Supremo, que considera que su sentencia sobre el procés se ha sometido a una “relectura que disfraza un tratamiento penitenciario privilegiado” y, precisamente por ello, “improcedente”.

Una persona sostiene una pancarta luminosa frente a las puertas del centro penitenciario.
Una persona sostiene una pancarta luminosa frente a las puertas del centro penitenciario.ALBERT GARCIA

El Supremo defiende en los nueve autos la sentencia por la que condenó a los líderes independentistas y responde a una de las críticas habituales que viene recibiendo por parte del independentismo desde que se inició el proceso penal contra el Gobierno de Carles Puigdemont: que el alto tribunal no castiga actos sino ideas políticas. “No se pretende que el interno ‘reniegue de sus convicciones políticas’, sencillamente porque estas son ajenas a su condena”, advierte la sala, para la que sostener lo contrario supone “aferrarse a una línea argumental equivocada, que nada tiene que ver con el significado del cumplimiento de una pena privativa de libertad en una sociedad democrática”.

En el auto referido a Junqueras el tribunal recuerda que los políticos condenados “dinamitaron las bases de la convivencia promoviendo un alzamiento tumultuario con el objeto de demostrar que las resoluciones del Tribunal Constitucional y de los jueces radicados en Cataluña ya no eran ejecutables”. Tampoco pueden alegar la criminalización de sus ideas los dos líderes civiles encarcelados, asegura el tribunal, que en los escritos sobre Sànchez y Cuixart se explaya en recordar por qué les condenó por sedición. “La ruptura de las reglas que delimitan el funcionamiento normal de cualquier estado de derecho y la promoción de incidentes violentos llamados a demostrar que la competencia de los Juzgados y Tribunales ordinarios tenía que detenerse a las puertas de una consejería autonómica, son las razones que están en la base de la condena”, expone en el auto sobre el exlíder de la ANC.

Para justificar la anulación del artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario, el tribunal argumenta que no se cumple el principal requisito para conceder este beneficio penitenciario: que las salidas de prisión sean para participar en un programa de tratamiento que se considere necesario para la reinserción del preso y que no pueda ejecutarse en el centro penitenciario. En el caso de los líderes independentistas, advierte el Supremo, los programas planteados por las cárceles (voluntariados o trabajos en el sector privado) no tienen “vinculación” alguna con los delitos de sedición y malversación por los que fueron condenados, lo que hace “injustificable” la concesión de este régimen de semilibertad, según los magistrados, que aseguran no poner en duda el buen comportamiento de los presos, su actitud colaboradora con el equipo y su implicación en de las diferentes actividades, algunas de las razones en las que se amparan las prisiones catalanas para justificar esta medida. Tampoco cuestionan su trayectoria académica y profesional previa a la comisión de los delitos por los que han sido condenados. “Pero, como ya advertimos en su momento al rechazar la aplicación de este mismo régimen respecto a la señora Forcadell y otros condenados en esta causa especial, nada de ello permite salvar esa ausencia absoluta de enlace entre el programa que se propone y el proceso de reinserción social del penado que, como es obvio, no puede ser ajeno a los delitos cometidos, un delito de sedición y un delito de malversación de caudales públicos en su modalidad agravada”, concluyen.

Consulte el auto del Supremo que revoca el tercer grado a Oriol Junqueras. Si no puede verlo pinche aquí .

Fuente:El Pais

viernes, 23 de marzo de 2018

El juez decreta prisión incondicional para Turull, Forcadell, Romeva, Rull y Bassa

Llarena ha tomado esta decisión al término de una vista de medidas cautelares en el alto tribunal en la que ha atendido la petición de Fiscalía y de la acusación popular ejercida por Vox.
Forcadell, Bassa y Romeva,


El juez del Tribunal Supremo Pablo Llarena ha acordado prisión incondicional para el candidato a la Presidencia del Govern, Jordi Turull; la expresidenta del Parlament Carme Forcadell; y los consellers cesados Raül Romeva, Josep Rull y Dolors Bassa, a petición de la Fiscalía y de la acusación popular de Vox.
Llarena ha tomado esta decisión al término de una vista de medidas cautelares en el alto tribunal en la que ha atendido la petición de Fiscalía y de la acusación popular ejercida por Vox que han solicitado previamente prisión incondicional para todos ellos.
Se unirán así al cesado vicepresidente Oriol Junqueras, el conseller cesado Joaquim Forn, al expresidente de ANC, Jordi Sánchez, y al presidente de Òmnium, Jordi Cuixart, por lo que todos los procesados por rebelión, penado con entre 15 y 25 años de cárcel, estarán en prisión provisional salvo los cuatro "exiliados" que son el president Carles Puigdemont, la secretaria general de ERC, Marta Rovira, y los consellers cesados Antoni Comín y Clara Ponsati.
Turull, Romeva y Rull serán trasladados esta misma tarde a la cárcel de Estremera, donde ya pasaron un mes y dos días en prisión preventiva, en tanto que Forcadell y Bassa serán conducidas a la prisión de Alcalá Meco.

Marta Rovira, Carme Forcadell y Dolors Bassa renuncian al acta de diputadas antes de ir al Supremo

Foto:Marta Rovira
La número 2 de ERC, Marta Rovira, la expresidenta del Parlament, Carme Forcadell, y la consellera Dolors Bassa, han publicado un comunicado para anunciar que renuncian a su acta de diputadas en la víspera de su declaración ante el Tribunal Supremo. En ese mensaje aseguran que renuncian a su acta para evitar que su procesamiento pueda interferir en la actividad parlamentaria y para "plantar cara al chantaje judicial del Estado".
La renuncia a sus actas como diputadas ha sido comunicada esta noche en el transcurso de la reunión del Consell Nacional de ERC, y minutos después de que haya finalizado la primera sesión del debate de investidura del candidato Jordi Turull. 
Las hasta ahora diputadas de ERC serán sustituidas por Assumpció (Titon) Laïlla, Chakir El Homrani y Magda Casamitjana. Marta Rovira evitó la prisión pagando una fianza de 60.000 euros a finales de febrero, Forcadell pasó una noche en la cárcel de Alcalá en diciembre y salió tras pagar 150.000 euros y Bassa estuvo todo el mes de noviembre en la cárcel hasta que el propio juez Llarena le dio la posibilidad de salir tras pagar 100.000 euros.
Este viernes Pablo Llarena comunicará qué imputados van a ser procesados, de qué delitos se les acusa y también decidirá si envía a prisióna varios líderes independentistas, figuras clave del bloque en el Parlament de Catalunya. Entre los citados por el Supremo para este viernes también figura el exconseller y diputado de ERC Raül Romeva --además de Jordi Turull y Josep Rull--, pero en su caso ha decidido mantener el acta.

martes, 28 de noviembre de 2017

Junqueras dice ahora que “aceptó y acepta” el artículo 155

La cárcel obra el milagro: Junqueras dice ahora que “aceptó y acepta” el artículo 155

La cárcel obra el milagro: Junqueras dice ahora que “aceptó y acepta” el artículo 155

 
   El exvicepresidente de la Generalitat Oriol Junqueras y los tres exconsellers de ERC encarcelados (Raül Romeva, Dolors Bassa y Carles Mundó) han insistido ante el Tribunal Supremo en que “aceptaron y aceptan” el artículo 155.Y se han comprometido “firmemente” a actuar “por las vías del diálogo y la negociación” en el futuro.Los exconsejeros de ERC argumentan que no existe el riesgo de reiteración delictiva que justificaría su permanencia en prisión, como apreció la juez de la Audiencia Nacional Carmen Lamela, la primera instructora del caso.La defensa de los cuatro exconsejeros pide al juez del Supremo Pablo Llarena la liberación y, en caso de que lo vea necesario, que sean citados a comparecer para discutir los motivos de la prisión preventiva.

El exvicepresidente de la Generalitat Oriol Junqueras (en la imagen) y los tres exconsellers de ERC encarcelados han insistido ante el Tribunal Supremo en que “aceptaron y aceptan” el artículo 155 y se han comprometido “firmemente” a actuar “por las vías del diálogo y la negociación” en el futuro, informa La Vanguardia.
Así se expresan los cuatro antiguos gobernantes catalanes (Junqueras, Raül Romeva, Dolors Bassa y Carles Mundó) en los escritos en los que piden su liberación al juez del Tribunal Supremo Pablo Llarena, quien les investiga por rebelión al liderar el plan secesionista ilegal. Su encarcelamiento preventivo, igual que a la expresidenta del Parlament Carme Forcadell, les lleva a dar marcha atrás en sus posiciones, añade ABC.
Con esa idea, los exconsejeros de ERC argumentan que no existe el riesgo de reiteración delictiva que justificaría su permanencia en prisión, como apreció la juez de la Audiencia Nacional Carmen Lamela, la primera instructora del caso. Junqueras, Romeva, Bassa y Mundó aseguran que «aceptan la aplicación del artículo 155, no renuncian a defender sus convicciones políticas por vías estrictamente pacíficas y democráticas, y trabajarán con el objetivo de alcanzar un acuerdo que permita poner en manos de la ciudadanía la decisión sobre el futuro político de Cataluña». Mantienen así su objetivo de que se celebre un referéndum independentista, pero en este caso admiten que deberá alcanzarse a través de un pacto.
En el escrito, la defensa de los cuatro exconsejeros pide al juez del Supremo Pablo Llarena la liberación y, en caso de que lo vea necesario, que sean citados a comparecer para discutir los motivos de la prisión preventiva. Aun así, el escrito se extiende en numerosos argumentos para desvirtuar los riesgos de fuga y reiteración delictiva con el objetivo de evitar esa posible citación, en la que tendrían que verbalizar esa renuncia a las vías unilaterales, quizá en varias ocasiones, ante las preguntas de la Fiscalía, lo que podría defraudar a su parroquia independentista.
Los cuatro imputados alegan que son candidatos a las elecciones autonómicas del 21 de diciembre, y que su estancia en prisión lesiones su derecho a la participación política.

miércoles, 1 de noviembre de 2017

Banderas de España y Manolo Escobar: así han recibido a los cómplices de Puigdemont

Varias personas han lanzado gritos como 'Viva España', 'Traidor' y 'A prisión'

Joaquim Forn,a su llegada al Aeropuerto de El Prat.

Banderas de España y Manolo Escobar: así han recibido a los cómplices de Puigdemont

  Anoche volvieron a España los exconsejeros que acompañaron a Puigdemont en su huida a Bélgica ante las acciones judiciales emprendidas contra ellos por delitos de sedición y rebelión.
 
El exconsejero de Interior, Joaquim Forn, y la exconsejera de Trabajo, Dolors Bassa, llegaron sobre las once de la noche al Aeropuerto de El Prat, en Barcelona. Allí les aguardaban muchos periodistas, pero también les dio un gran recibimiento un grupo de catalanes con banderas españolas y haciendo sonar la canción “Y viva España” de Manolo Escobar, además de gritos de “Viva España”, “Traidor” y “A prisión”:

Forn fue el responsable político de que los Mozos de Escuadra no actuasen contra el referéndum ilagel del 1 de octubre, y en general, de la penosa actuación de la Policía catalana ante este golpe separatista. El exconsejero arremetió hace un mes contra la Guardia Civil y la Policía Nacional, acusando a sus agentes de ir a Cataluña a alterar el orden, y les dijo que se fueran de esa comunidad española. Sinceramente, se merecía un recibimiento como éste. Pero más aún se merece comparecer ante la Justicia y ser condenado como cómplice de Puigdemont a una larga estancia en prisión, por atacar la soberanía nacional y pretender usurparle a España una parte de su territorio. Espero que su llegada a la cárcel sea igual de “calurosa”.