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miércoles, 29 de mayo de 2019

El Parlamento Europeo impide la entrada a Puigdemont y Comín

El Parlamento Europeo (PE) ha impedido al expresidente de la Generalitat de Cataluña Carles Puigdemont y al exconsejero de Salud Toni Comín entrar en la sede de la Eurocámara en Bruselas. Ambos se encuentran huidos de la justicia española en Bélgica y para poder ocupar sus asientos deberán jurar la Constitución y recoger el acta en Madrid.
Según fuentes de la Eurocámara a Efe, los nuevos eurodiputados reciben un pase provisional para facilitar su acceso al Parlamento mientras no llegan las comunicaciones oficiales de los Estados miembros confirmando los eurodiputados de cada país.
"La acreditación está supeditada a la recepción de las notificaciones oficiales de las autoridades nacionales conteniendo la lista oficial de diputados", añadieron las fuentes parlamentarias. Según esas mismas fuentes, la Eurocámara "puede decidir no conceder ninguna facilidad hasta asegurarse de que la persona ha obtenido realmente el acta de diputado".
Desde JuntsxCat, el partido de Puigdemont y Comín, confirmaron a Efe que ambos políticos acudieron a la Eurocámara con la intención de recoger su documentación y acreditarse. Como indicó la Eurocámara, el partido señaló que el Parlamento Europeo argumentó que España no ha comunicado aún la lista oficial de eurodiputados de su país y que por eso no han podido acceder a la sede del PE.
Sin embargo, las fuentes de JxCat aseguraron que otros eurodiputados españoles, como Diana Riba (ERC), sí han podido entrar en el Parlamento. El pasado 22 de marzo, cuando aún no había logrado el escaño como eurodiputado, Puigdemont participó en un acto de la Eurocámara organizado por la eurodiputada flamenca Helga Stevens, del grupo de los Conservadores y Reformistas Europeos (ECR), que reúne a conservadores, euroescépticos y antifederalistas.
La entrada de Puigdemont en la Eurocámara se produjo un mes después de que esta institución decidiera no autorizar por motivos de seguridad un evento en el que iba a participar el político independentista, prófugo de la Justicia española desde fines de octubre de 2017. Según la Junta Electoral Central y el propio servicio jurídico del Parlamento Europeo, la recogida del acta solo se puede hacer presencial y personalmente en Madrid, donde corren el riesgo de ser detenidos.
El Confidencial

martes, 9 de octubre de 2018

El Parlament rechaza reprobar al Rey y la autodeterminación

La pérdida del voto de los cuatro diputados de Junts per Catalunya ha provocado la derrota del bloque independentista
El vicepresidente catalan, Pere Aragones, junto a Quim Torra, durante el pleno

La pérdida de la mayoría independentista en el Parlament, al no contarse los votos de los cuatro diputados de Junts per Cataluña supendidos por el Tribunal Supremo y el de Toni Comin, de ERC, ha llevado a que la Cámara catalana haya rechazado este martes una propuesta del bloque soberanista sobre la autodeterminación de Cataluña, otra sobre la reprobación del Rey y otra sobre la constatación de la "persecución política y existencia de presos políticos y exiliados". En la propuesta que solicitaba abolir la Monarquía y la de la independencia el resultado ha sido empate a 65 votos. Cuando se producen tablas en tres ocasiones, como así ha sucedido, el texto decae.
La decisión de Esquerra Republicana de plantarse y rechazar la pretensión de Junts per Catalunya de que se puedan contabilizar los votos de Carles Puigdemont, huido en Bruselas, y de tres diputados de la formación encarcelados, Jordi Turull, Josep Rull y Jordi Sànchez, ha abocado a que el bloque independentista haya perdido varias de las votaciones.
Junts per Catalunya y ERC sumaron 66 diputados tras las elecciones del pasado 21 de diciembre, de un total de 135 escaños.  Con el acuerdo adoptado por la Mesa del Parlament este martes su escaños se reducen a 62, y hay de descontar también el de Toni Comín (ERC), huido en Bruselas, que tiene planteado un recurso. En total, 61 votos. Aunque se sumasen los cuatro de la CUP, serían 65 y seguirían estando lejos de los 68 de la mayoría absoluta, informa Pere Ríos.
El resto de partidos, que forman la oposición en la Cámara catalana —Ciudadanos, el PSC, Catalunya en Comú y el PP— también suman 65 escaños, por lo que el independentismo tampoco tiene la garantía de imponerse en votaciones por mayoría simple. En caso caso de producirse un empate, una propuesta parlamentaria acaba decayendo si dicho empate se mantiene tras dos votaciones más.
Precisamente esa es la situación que se ha producido cuando en el debate de política general se ha votado una propuesta de resolución de la CUP que proclamaba el derecho "inalienable" de Cataluña a la autodeterminación. El texto que se ha sometido a votación exigía "el derecho imprescriptible e inalienable de Cataluña a la autodeterminación". Junts per Catalunya, ERC y la CUP han votado a favor, pero con la pérdida de esos cuatro diputados, el resultado ha sido de empate y el texto ha decaído. Otro de los documentos que no ha salido adelante es una propuesta transaccional de Junts per Catalunya y la CUP "contra la violencia, la represión y la falta de garantías judiciales". Este texto ha sido rechazado también al producirse un nuevo empate, informa Camilo Baquero.
La propuesta rechazada proponía además que el Parlament "reprobara" al rey Felipe VI y, en particular, su posicionamiento "contra las instituciones catalanas y sus representantes legítimos" en su discurso del 3 de octubre de 2017; y recordaba la existencia de una mayoría amplia de catalanes contrarios a la monarquía y, por lo tanto, exigía su abolición. En la votación sobre el Rey, los comunes han votado en contra, pese a las críticas que Ada Colau siempre ha realizado sobre el discurso que Felipe VI pronunció tras el referéndum ilegal del 1-O. El partido de Colau ha explicado que han votado en contra de abolir la monarquía porque en el punto seis de dicha resolución se insiste en el mandato de trabajar para lograr la independencia. Fuentes de los comunes aclaran que hubieran votado a favor si el texto se hubiera ceñido  exclusivamente al Rey. El Parlament ya prohibió hace tiempo las votaciones separadas de los diferentes puntos de las mociones.
Otra de las votaciones que el bloque independentista ha perdido es la de la resolución para que la Cámara "constatara" que "los procesos judiciales contra el independentismo y las libertades civiles han provocado la persecución por motivos políticos de centenares de personas y la existencia de presos políticos y exiliados". También "deploraba" que esos procesos "políticos" no respete las "más elementales garantías judiciales y democráticas".
EL PAIS

jueves, 20 de septiembre de 2018

La suspensión de Puigdemont amenaza la estabilidad del Govern de Torra

Nuevo fracaso de los grupos de JxCat y ERC en su intento por llegar a un acuerdo sobre cómo aplicar la suspensión decretada por el juez Pablo Llarena para los siete diputados del Parlament procesados por su participación en los preparativos del 1-O, una división que bloquea el funcionamiento del Parlament. Las direcciones de ambos grupos, junto a miembros los de la Mesa Roger Torrent y Josep Costa se han reunido esta mañana en la prisión de Lledoners con los diputados encarcelados, sin conseguir cerrar una fórmula que satisfaga a ambos partidos.
El acuerdo es urgente, porque el Govern ha fijado para el próximo 2 de octubre el Debate de Política General, en el que el president Quim Torra debe presentar su programa de gobierno ante el Parlament -unos días antes lo hará en el Palau de la Generalitat- y obtener el apoyo de la mayoría independentista a sus propuestas. Una votación imposible si sigue el enfrentamiento sobre qué hacer con el auto de Llarena.
La crisis entre republicanos y junteros sigue tan abierto que algunas fuentes empiezan a reconocer que está en riesgo a estabilidad parlamentaria del Govern, pese a que el ejecutivo presiona insistentemente a los grupos para que alcancen un acuerdo que permita iniciar el curso parlamentario y aspirar a aprobar unos presupuestos catalanes para 2019. A esa presión responde la reunión mantenida hoy en la prisión de Lledoners, en la que habrían participado Oriol Junqueras, Raül Romeva, Jordi Sánchez, Josep Rull y Jordi Turull, todos ellos afectados por la medida de Llarena junto a Carles Puigdemont y Toni Comin.
Paralelamente, el ex presidente Carles Puigdemont, cuya negativa a ser reemplazado está en el origen del conflicto, ha advertido hoy en una conferencia desde Bélgica contra cualquier intento de acatar su suspensión sin pasar por el Pleno del Parlament. Puigdemont ha argumentado que “no hay ninguna sentencia” que les obligue a dejar el escaño y se ha mostrado convencido de que “el Parlament defenderá a sus diputados como el poder judicial ha hecho con Llarena”, lo que en su caso pasa por negarse a acatar el auto del Tribunal Supremo.
JxCat sigue manteniendo que Carles Puigdemont es una línea roja que no piensa traspasar. La coalición se presentó a las elecciones del 21D con la promesa de restituir al ex president, promesa que reiteró Quim Torra en su investidura. Por tanto, no pueden aceptar bajo ningún concepto que Puigdemont renuncie a un acta de diputado que es imprescindible para ser presidente de la Generalitat.
Este fue el punto que hizo saltar por los aires el principio de acuerdo alcanzado en julio, cuando Torrent propuso acatar la suspensión dejando que los diputados procesados fueran sustituidos en las votaciones por otros miembros de su grupo, lo que les permitiría recuperar su escaño en caso de sentencia absolutoria. Pero Puigdemont exigió un trato diferencial y se negó a aceptar la suspensión, lo que obligó a suspender el último pleno del periodo de sesiones con duras acusaciones de mentir abiertamente entre los socios de gobierno.
La solución se ha alejado un poco más en las últimas semanas, cuando Jordi Sánchez se sumó a la negativa de Puigdemont a ser sustituido en las votaciones por uno de sus compañeros de grupo en JxCat. Ahora, la tesis de JxCat defendida también por Rull y Turull es que bajo ningún concepto están dispuestos a aceptar ser sustituidos sin que el debate llegue al Pleno del Parlament, previo dictamen de la comisión de reglamento. En otras palabras, quieren forzar una votación del Pleno para rechazar la suspensión con el apoyo de la CUP, que se ha manifestado en el mismo sentido.
ERC quiere proteger a Torrent
Pero las líneas rojas marcadas por Esquerra van en sentido exactamente contrario: no aceptarán hacer diferencias entre Puigdemont y el resto de los procesados por el 1-O, es un principio inamovible para los republicanos, muy quemados por las presiones impuestas desde Bruselas, mientras ellos siguen purgando la falta de un líder público desde el encarcelamiento de Junqueras. La segunda línea roja de los republicanos, ligada a esta, es la negativa a poner en riesgo a ningún otro cargo institucional con actos de desobediencia al poder judicial sin ningún resultado efectivo.
Especialmente si se trata de Torrent, uno de los dirigentes con más proyección dentro de los no afectados por la causa del 1-O. El propio presidente del Parlament lo dejó bien claro en la conferencia con la que la semana pasada abrió el curso político, a falta de actividad parlamentaria. El independentismo debe dejar atrás la gesticulación para centrarse en pasos “efectivos”.
Los republicanos han planteado una tercera condición: que no se alteren las mayorías parlamentarias. Esto es, que no están dispuestos a renunciar a más votos en el Pleno. En los últimos plenos ni Comin ni Puigdemont han votado para no comprometer las decisiones adoptadas, pero esta medida no puede extenderse a los diputados presos, que hasta ahora sí habían votado por delegación, gracias precisamente a otra salida orquestada por Llarena en los autos de prisión de los procesados por el 1-O a los que se ha negado la libertad condicional.
Iva Anguera de Sojo

miércoles, 27 de junio de 2018

El Supremo confirma el procesamiento de Puigdemont y 14 investigados más por el ‘procés’

Están acusados de rebelión, malversación y desobediencia y se abre la puerta a la inhabilitación temporal


Fachada del Tribunal Supremo. Fachada del Tribunal Supremo

La Sala de Apelaciones del Tribunal Supremo ha confirmado el procesamiento por rebelión y malversación de la cúpula independentista de Cataluña, incluidos Carles Puigdemont y el exvicepresidente Oriol Junqueras. En un auto notificado este miércoles, la Sala ha rechazado los recursos presentados por 15 procesados y la acusación que ejerce Vox, lo que confirma el procesamiento de estos investigados y de los otros 10 que no habían recurrido. Esta decisión abre la puerta a la suspensión temporal del cargo tanto del expresidente de la Generalitat como a toda la cúpula independentista.

Los magistrados de la Sala de Apelaciones consideran "suficientemente razonable" calificar los hechos como delito de rebelión porque existió "un alzamiento" con un uso "torticero" del poder para conseguir la independencia de Cataluña al margen de la ley. Además, en cuanto a la malversación de la que se acusa también a varios de los investigados, el Supremo dice que hubo "un sistema de engaño" que ocultaba el destino de las cantidades a otros fines relacionados con el referéndum ilegal de 1-O.

El auto notificado este miércoles por la Sala de Apelaciones ratifica los indicios de rebelión, malversación y desobediencia atrubuidos por Llarena a los 25 líderes independentistas a los que procesó el pasado 23 de marzo. El instructor procesó por un delito de rebelión a Puigdemont, el exvicepresidente Oriol Junqueras, siete exconsejeros (Joaquim Forn, Jordi Turull, Raül Romeva, Clara Ponsatí, Josep Rull, Toni Comín y Dolors Bassa), a la expresidenta del Parlament Carme Forcadell, el expresidente de la Asamblea Nacional Catalana (ANC) Jordi Sànchez, el de Omnium Cultural Jordi Cuixart, y a la secretaria general de ERC, Marta Rovira. El juez procesó además por desobediencia a los exconsejeros Meritxell Borràs, Lluis Puig, Carles Mundó, Santi Vila y Meritxell Serret, el mismo delito que atribuyó a cinco exmiembros de la Mesa del Parlamento de Catalunya —Lluis María Corominas, Lluis Guinó, Anna Isabel Simó, Ramona Barrufet y Joan Josep Nuet—, así como a Mireia Boya, expresidenta del grupo parlamentario de la CUP, y a Anna Gabriel, exportavoz del mismo grupo. A todos los miembros del Govern de Puigdemont se le atribuyó además un delito de malversación.
La Sala asume el delito de rebelión por el que Llarena optó desde el principio de la instrucción, aunque no descarta que en la sentencia definitiva los hechos puedan ser calificados penalmente de otra forma. El procesamiento firme por este delito, castigado con hasta 30 años de cárcel y que exige que hubiera un alzamiento violento, implica la aplicación del artículo 384 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que supone la suspensión automática para ejercer cargo publicó de los procesados por rebelión sobre los que se haya decretado la prisión provisional. En esta situación están Junqueras, Romeva, Turull, Rull y Sànchez. Esta suspensión se extenderá también previsiblemente a Puigdemont y Comín, a los que la justicia alemana y belga ha dejado en libertad provisional pero que tienen la prisión preventiva decretada en España.
La aplicación de esta norma exige, según el Supremo, motivar especialmente la existencia del delito de rebelión, pero la Sala coincide con Llarena en que, en este caso, hay indicios “suficientemente” razonables para atribuir este tipo penal a la cúpula del procés. Según los magistrados, las semanas previas al referéndum ilegal del 1 de octubre y en la misma jornada de la votación se produjeron "actos de violencia” encaminados a la celebración de la consulta independentista prohibida por el Tribunal Constitucional y en que los procesados habían convertido en un elemento “previo e imprescindible" para proceder a la declaración unilateral de independencia. Para el Supremo, estos actos violentos fueron “asumidos y alentados” por la cúpula independentista que, ante la imposibilidad de una negociación orientada a conseguir la independencia de Cataluña, planeó “la movilización popular y el enfrentamiento físico con los agentes representantes del Estado como la forma de obligar a este a claudicar y aceptar aquella declaración y el mismo hecho de la independencia”.
La sala afirma que aunque el término “rebelión” evoca los pronunciamientos militares, “ejecutados ordinariamente con armas”, el actual artículo 472 del Código Penal, aunque exige la violencia (alzamiento público y violento) no exige para ello el empleo de armas, sino que el mero hecho de que los autores hayan llegado a esgrimirlas, sin que las hayan utilizado, ya basta para aplicar este delito. “Aunque la violencia debe estar necesariamente presente, cabe una rebelión sin armas. No se opone a ello la existencia en el Código Penal cuando se cometa con armas, pues no suponen otra cosa que previsiones legales para los casos más graves”, expone la Sala en respuesta al presidente de Òminum Cultural, Jordi Cuixart, en prisión desde octubre y que se refería en su recurso como ejemplos de rebelión a los alzamientos militares de 1936 y de 1981.
Los magistrados admiten que esta conducta "no es exactamente igual en su configuración al clásico pronunciamiento militar", pero sostienen que esa diferencia en las formas no impide la posibilidad de considerarla correctamente subsumible en el precepto  del Código Penal correspondiente al delito de rebelión."No es descabellado sostener en este momento procesal que existe un alzamiento cuando las autoridades legítimas de una Comunidad Autónoma, integrada como parte de España, deciden, desde el ejercicio del poder, derogar de hecho las Constitución, el Estatuto que garantiza y regula su amplísimo autogobierno, y el resto del ordenamiento jurídico que se oponga a sus designios, sustituyendo todas esas normas por otras emanadas de sus propios órganos legislativos, negando con todo ello la autoridad del Estado y constituyéndose en un poder político absolutamente autónomo, utilizando de forma torticera un poder que les fue conferido con otras y muy diferentes finalidades”.
Los magistrados dejan en cualquier caso la calificación penal definitiva de los hechos al tribunal que juzgue el caso, previsiblemente el próximo otoño, y que tendrá que practicar "auténticas pruebas" en la vista oral.  Por todo ello, la Sala considera que los hechos encajan en el delito de rebelión o en defecto de alguno de ellos, en el de sedición, aunque recuerda que el bien jurídico protegido en ambos delitos es distinto. "El primero está incluido entre los delitos contra la Constitución y el segundo lo está entre los delitos contra el orden público, de manera que las finalidades de la acción de alzamiento público contempladas en la rebelión no son precisas en el delito de sedición", afirma la Sala.
Respecto al delito de malversación, que las defensas de los procesados consideran que no se ha probado que existiera, los magistrados sostienen que sí se organizó "un sistema de engaño" que, "bajo la apariencia de partidas presupuestarias correctamente ejecutadas, ocultaba el destino de cantidades a otros fines relacionados con la celebración del referéndum, lo cual resulta suficiente a los efectos de considerar la existencia de los indicios racionales de criminalidad que exige el procesamiento”.
EL PAIS































viernes, 23 de marzo de 2018

El juez dicta orden de detención internacional para Rovira, Puigdemont y otros 4 huidos

Llarena ha atendido así la petición de la Fiscalía tras notificar hoy el auto de procesamiento contra 25 investigados por el "procés", siete de los cuales permanecen huidos de la Justicia, después de que Rovira se haya fugado a Suiza, han informado fuentes jurídicas.

Puigdemont y sus exconsejeros Clara Ponsatí, Lluis Puig, Toni Comín y Meritxell Serret

El magistrado del Tribunal Supremo que investiga los hechos relacionados con el 'procés', Pablo Llarena, ha dictado orden de detención internacional para la secretaria general de ERC, Marta Rovira, después de que esta no haya acudido a la citación judicial de este viernes y ha reactivado las órdenes de detención para el resto de huidos, entre los que se encuentra el expresidente catalán Carles Puigdemont, han informado a Europa Press en fuentes jurídicas.
El juez que instruye la causa del 'procés' adopta esta medida tras haberlo solicitado la Fiscalía y la acusación popular que ejerce el partido Vox en la vistilla celebrada esta mañana.
La número 'dos' de ERC estaba citada a las 10.30 horas junto con el excandidato a la Presidencia de Cataluña Jordi Turull, la expresidenta del Parlamento catalán Carme Forcadell, y los tres exconsejeros Josep Rull, Raül Romeva y Dolors Bassa, para quienes el juez ha acordado su ingreso en prisión por riesgo de fuga y reiteración delictiva. No obstante, la dirigente independentista ha comunicado por carta su intención de no acudir y partir al "exilio".
Adopta esta medida igualmente para la exportavoz de la CUP en el Parlamento catalán, Anna Gabriel, quien no acudió a su citación judicial del pasado 21 de febrero huyendo a Suiza, país donde se encuentra en la actualidad y en el que no rigen las euroórdenes.
Por otro lado, el juez reactiva las euroórdenes y las órdenes de detención internacional que había dictado la Audiencia Nacional contra Puigdemont y sus exconsejeros Clara Ponsatí, Lluis Puig, Toni Comín y Meritxell Serret, que huyeron a Bélgica a finales del pasado mes de octubre.
Llarena las había desactivado poco después de asumir la causa por rebelión, sedición y malversación de caudales públicos, al considerar que existía riesgo de que fueran extraditados por delitos mucho menores.

miércoles, 31 de enero de 2018

El abogado de Comín, el condenado por colaborar con ETA Gonzalo Boye, anuncia dos querellas por los SMS

  1. OKDIARIO 

El abogado de Comín, el condenado por colaborar con ETA Gonzalo Boye, anuncia dos querellas por los SMS

Gonzalo Boye
Gonzalo Boye, en la promoción del documental rodado sobre su vida. 

El abogado del diputado de ERC en el Parlament Toni Comín, el condenado por colaborar con ETA Gonzalo Boye, ha anunciado dos querellas, una en Bruselas y otra en Madrid, por la obtención y difusión de unos mensajes del candidato de JxCat a la Presidencia de la Generalitat, Carles Puigdemont, a su cliente, que está en Bruselas con el ex presidente.
En una entrevista de Rac 1 recogida por Europa Press, Boye ha explicado que “hay dos cosas: una quien ha divulgado la noticia y otra quien la ha obtenido. Son dos situaciones distintas, hay una situación que se produce en Bélgica y otra que se produce en España. Por tanto las dos jurisdicciones entenderán de la parte que les corresponde”.
Según ha hecho público este miércoles Telecinco, Carles Puigdemont ha asegurado en una serie de mensajes de móvil que “Moncloa triunfa”. “Esto se ha terminado”, dice en referencia al procés, para añadir: “Los nuestros nos han sacrificado, al menos a mí”.
Boye ha considerado que “hay unos límites, aquí se ha vulnerado el secreto de sus comunicaciones”, y ha asegurado que se ha vulnerado el artículo 197 del Código Penal español y también la legislación belga.
Sobre si la comunicación se hizo en un lugar público, ha puntualizado que “da lo mismo si el lugar era público porque la comunicación no era pública” y ha indicado que lo que ha pasado es una intromisión en una conversación privada de teléfono para hacerla pública.
Según el letrado, las conversaciones han sido “sacadas de contexto y obtenidas de manera ilegal”, ha sentenciado.