martes, 20 de febrero de 2018

La Fiscalía se inclina por solicitar prisión para Trapero este viernes



Trapero


La Fiscalía tiene previsto mantener su solicitud de prisión para el exmayor de los Mossos d’Esquadra, Josep Lluís Trapero, en su declaración como investigado por un segundo delito de sedición durante la celebración del referéndum ilegal del 1 de octubre en Cataluña. Trapero está citado a declarar como investigado por tercera vez este viernes ante la titular del Juzgado Central de Instrucción nº 3 de la Audiencia Nacional, Carmen Lamela.

El pasado 16 de octubre, la magistrada le impuso ya medidas cautelares obligándole a entregar su pasaporte, prohibiéndole salir de España y con comparecencias quincenales en el Juzgado. Trapero fue citado entonces por el primer delito de sedición por la “inacción” de los Mossos durante las algaradas callejeras del 20 y el 21 de septiembre contra la Policía y la Guardia Civil. Las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado efectuaban la ‘Operación Anubis’ contra altos cargos de la Generalitat de Cataluña, relacionados con la organización del referéndum ilegal del 1 de octubre.
Según las fuentes consultadas, este viernes el Ministerio Público podría mantener su petición de prisión para el exmayor de los Mossos que ya efectuó en octubre, sin embargo, todo dependerá de su declaración y todavía no hay una decisión firme al respecto. Trapero tiene a favor el paso del tiempo, ya que la petición realizada en su día por el Ministerio Público no fue atendida y 4 meses más tarde, esta petición de medida cautelar tan severa podría perder peso en la actualidad.
La magistrada Lamela investiga el segundo delito de sedición de Trapero en relación con los hechos acaecidos el mismo 1 de octubre de 2017. Las mismas fuentes apuntan que “existen muchos más indicios incriminatorios contra Trapero por el referéndum ilegal del 1-O” que por las algaradas del 20 y del 21 de septiembre. 
En su nuevo escrito de imputación emitido este lunes, Lamela pide a los Mossos  d’Esquadra que le informen sobre la forma en que se les comunicó el operativo dispuesto para el 1-O, como la identidad de las personas que lo hicieron, los medios escritos u orales utilizados, las pautas de actuación, las órdenes recibidas, la identidad de los jefes de las unidades Brimo y Arro que se encontraban de servicio aquel día, así como las composición y funcionamiento de la cadena de comunicaciones internas entre los agentes que se encontraban de servicio durante aquella jornada.
Lamela también requiere a la Guardia Civil de Cataluña que identifique a los agentes de los Mossos que realizaron actuaciones de vigilancia sobre los cuarteles de la Guardia Civil y Comisarías de Policía Nacional el 1 de octubre.
La magistrada explica en su escrito que a lo largo de la investigación  desarrollada se han averiguado otros hechos que indican que la actuación de los Mossos prevista en un principio para impedir la celebración del referéndum, lejos de ello “fue dirigida a obstruir cualquier actuación que bloquease el plan estratégico hacia la independencia”.
Con esta finalidad, según relata Lamela en su auto, “se diseñó un plan premeditado para evitar actuar, que procedía de la cúpula policial de Mossos d’Esquadra, cúpula comandada por Josep Lluís Trapero y en conexión directa con los miembros del comité estratégico”.
La conducta de los Mosos, según Lamela, desde el día 20 de septiembre hasta la fecha del referéndum el 1 de octubre, “enmascarada bajo los principios de actuación policial de proporcionalidad, congruencia y oportunidad, fue de total inactividad”.
Los antidisturbios de los Mossos el 1-O (Foto:Twitter)
La juez añade que tanto el fiscal jefe de Cataluña  como el coronel de la Guardia Civil, Diego Pérez de los Cobos, pusieron de manifiesto al mayor de los Mossos que el Plan de Actuación que se había elaborado de forma previa no era adecuado para el cumplimiento de las órdenes que le habían sido impartidas, “comprometiéndose éste a modificarlo con las recomendaciones que le dieron. Ello no obstante nunca llegó a realizar ninguna modificación, dirigiendo su actuación conforme al Plan originario”, concluye Lamela.

Dos delitos de sedición

En el mismo auto, la juez Lamela sostiene que la finalidad inmediata de Trapero estaba orientada “a facilitar la celebración del referéndum y con ello la proclamación de una república catalana, independiente de España, siendo consciente de que desarrollaba una actuación al margen de las vías legales, desatendiendo el mandato recibido desde el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña y en contra de las decisiones adoptadas por el Tribunal Constitucional”.
Los hechos atribuidos a Trapero podrían constituir, según Lamela, dos delitos de sedición por los hechos acaecidos los días 20 y 21 de septiembre  y de 1 de octubre de 2017, sin perjuicio de ulteriores calificaciones “Y en particular de la calificación de los hechos como constitutivos de un delito de organización criminal del art. 570 bis del Código Penal”.



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