sábado, 14 de octubre de 2017

Con su oferta de impunidad a Puigdemont el gobierno se estaría saltando el Código Penal

La vicepresidenta plantea un indulto encubierto si Puigdemont rectifica

Con su oferta de impunidad a Puigdemont el gobierno se estaría saltando el Código Penal

     
José Alejandro Vara comentaba ayer el anuncio que la vicepresidenta del gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, hizo el jueves en le recepción del Palacio Real con motivo del 12 de octubre.
Puigdemont culmina su golpe separatista, un crimen que no puede quedar impune
Cataluña: esto es lo que casi nunca explican algunos medios españoles e internacionales
Concederían un indulto encubierto a Puigdemont si niega lo ocurrido
Lo que anunció la vicepresidenta es lo siguiente: “Si Carles Puigdemont responde al requerimiento del Gobierno con un ‘no’, es decir, si afirma que no ha proclamado la independencia, todo volvería la situación previa al 6 de septiembre. Como recordaréis, fue ese día cuando el Parlamento catalán aprobó las llamadas leyes de desconexión, en una sesión plagada de irregularidades y en la que se violaron los derechos de la oposición para ejercer su labor parlamentaria. Así pues, lo que plantea la vicepresidenta sería, de hecho, un indulto encubierto, algo a todas luces ilegal. Para colmo, ayer Soraya invitó a Puigdemont al Congreso de los Diputados para abordar una reforma de la Constitución. Esto ya es el colmo. Esa invitación se la dirige a un golpista. El sitio en el que debería comparecer Puigdemont no es el Congreso, sino ante un tribunal.
Rajoy dijo el miércoles que Puigdemont “incumplió la ley” y “las sentencias de los tribunales”
Llegado el caso de que Puigdemont decida recular y decir que no ha hecho lo que todo el mundo le vio hacer, cómo explicaría el gobierno la concesión de ese indulto encubierto, que implicaría dejar impunes los graves delitos cometidos en este golpe separatista. Recordemos que en su comparecencia ante el Congreso de los Diputados el pasado martes -y me remito a la crónica publicada por La Moncloa-, Mariano Rajoy afirmó en referencia al gobierno catalán:
El pasado 1 de octubre el gobierno autonómico incumplió la ley, las sentencias de los tribunales, su propia legalidad y además soliviantó las calles para simular una legitimidad democrática de la que carecían sus decisiones.
En su intervención, Rajoy tachó de “acto de insumisión” la aprobación de esas leyes de desconexión en el Parlamento catalán. Y ya al margen de las clarísimas calificaciones jurídicas hechas por Rajoy, el presidente del Gobierno valoró políticamente la actuación del gobierno catalán del siguiente modo:
Los gobernantes de esa comunidad, ha argumentado, han usado su posición institucional “para perpetrar un ataque desleal y muy peligroso contra nuestra Constitución, la unidad de España, el propio Estatuto de Cataluña y, lo que es peor, contra la convivencia pacífica entre ciudadanos”. La violación de la ley ha tenido como consecuencias “el desorden, la división entre catalanes y finalmente la huida de empresas”, ha señalado.
Lo que dice el Artículo 408 del Código Penal
Llegados a este punto, y como promovieron una reforma del Código Penal hace solo dos años, supongo que en el ejecutivo se han leído el Artículo 408, relativo al delito de omisión del deber de perseguir delitos:
La autoridad o funcionario que, faltando a la obligación de su cargo, dejare intencionadamente de promover la persecución de los delitos de que tenga noticia o de sus responsables, incurrirá en la pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de seis meses a dos años.”
Rajoy no puede alegar que no tenga conocimiento de esos delitos: han sido públicos y notorios y han aparecido en medios de todo el mundo. Él mismo ha reconocido en sede parlamentaria que considera que Puigdemont violó la le y de forma grave, pues lo hizo con el fin de “perpetrar un ataque desleal y muy peligroso contra nuestra Constitución” y contra “la unidad de España”. Es decir, que si Rajoy garantiza impunidad a Puigdemont, entonces el presidente del Gobierno tendría que sentarse también en el banquillo. Y en función de cómo se materialice esa oferta de impunidad a los golpistas -si para llevarlo a cabo, por ejemplo, se ocultasen o destruyesen los cuerpos del delito-, Rajoy también tendría que responder también de un posible delito de encubrimiento (Art. 451 del Código Penal), castigado con pena de prisión de seis meses a tres años.
Hace un año Rajoy juró “guardar y hacer guardar la Consticución”
A esto tengo que añadir que el 31 de octubre de 2016, al tomar posesión de su cargo al inicio de su segundo mandato, Rajoy juró “cumplir fielmente las obligaciones como presidente del Gobierno, con lealtad al rey; guardar y hacer guardar la Consticución como norma fundamental del Estado, así como mantener el secreto de las deliberaciones del Consejo de Ministros”. Si se cumple lo anunciado por la vicepresidenta, me pregunto con qué derecho seguiría en el cargo un presidente que juró -con las manos puestas en la Constitución y en la Biblia- “guardar y hacer guardar la Consticución”, si después otorga impunidad a alguien que -según sus propias palabras- perpetró “un ataque desleal y muy peligroso contra nuestra Constitución, la unidad de España, el propio Estatuto de Cataluña y, lo que es peor, contra la convivencia pacífica entre ciudadanos”. Por otra parte, ¿no es un contrasentido exigirle a Puigdemont que vuelva a la legalidad si el gobierno se la salta para ofrecerle impunidad?

No hay comentarios: