Verdadera Izquierda |
El PSOE ha emprendido una nueva campaña anticatólica en el que se propone que la Iglesia Católica sea la única confesión que pague el IBI.
el PSOE no hace mención a las demás confesiones religiosas, a pesar de que también gozan de exenciones del pago del IBI. Llegados a este punto, y ante las constantes mentiras que la izquierda cristianófoba lanza sobre la Iglesia Católica y el IBI, os doy aquí unas cuantas explicaciones sobre el tema que no os van a dar ni el PSOE ni Izquierda Unida.
1º. La Iglesia Católica no es la única confesión que tiene exenciones del IBI
Aunque la izquierda intenta presentar dichas exenciones como un “privilegio” de la Iglesia Católica, no lo es. La Comisión Islámica de España (Ley 26/1992), la Federación de Comunidades Israelitas de España (Ley 25/1992) y la Federación de Entidades Religiosas Evangélicas de España (Ley 24/1992) tienen exenciones del IBI fijadas en dichas leyes. Además, las citadas normas fueron aprobadas durante el gobierno socialista de Felipe González. Es decir, que esas leyes las aprobó el mismo PSOE que ahora elude mencionar las exenciones a dichas confesiones, lo cual ya es el colmo, sobre todo teniendo en cuenta que sólo el 4,9% de los inmuebles exentos son propiedad de la Iglesia. Teniendo en cuenta que no hay tantas mezquitas, sinagogas e iglesias evangélicas en España, ¿quién se beneficia de esa gran mayoría de las exenciones? Lo veremos más abajo. Por lo demás, discriminar a la Iglesia Católica de dichas exenciones sería un atentado directo contra el Artículo 14 de la Constitución, que establece que los españoles no podemos ser discriminados, entre otros motivos, por nuestras creencias religiosas.
2º. La Iglesia Católica no está exenta del IBI en todas sus propiedades
Como en el caso de las demás confesiones religiosas, la Iglesia Católica está exenta del pago del IBI en lugares de culto, oficinas anexas y centros de formación de sus ministros. En los inmuebles dedicados a actividades con ánimo de lucro la Iglesia Católica -y las demás confesiones- están obligadas a pagar el IBI como cualquier otro contribuyente.
3º. Las fundaciones de los partidos también gozan de exenciones del IBI
La Ley 49/2002, o Ley de Mecenazgo, es muy clara al respecto en su Artículo 15: “Estarán exentos del Impuesto sobre Bienes Inmuebles los bienes de los que sean titulares, en los términos previstos en la normativa reguladora de las Haciendas Locales, las entidades sin fines lucrativos, excepto los afectos a explotaciones económicas no exentas del Impuesto sobre Sociedades.” El Artículo 2 de dicha ley explica lo que se considera como entidades sin fines lucrativos:
Se consideran entidades sin fines lucrativos a efectos de esta Ley, siempre que cumplan los requisitos establecidos en el artículo siguiente:
a) Las fundaciones. b) Las asociaciones declaradas de utilidad pública. c) Las organizaciones no gubernamentales de desarrollo a que se refiere la Ley 23/1998, de 7 de julio, de Cooperación Internacional para el Desarrollo, siempre que tengan alguna de las formas jurídicas a que se refieren los párrafos anteriores. d) Las delegaciones de fundaciones extranjeras inscritas en el Registro de Fundaciones. e) Las federaciones deportivas españolas, las federaciones deportivas territoriales de ámbito autonómico integradas en aquéllas, el Comité Olímpico Español y el Comité Paralímpico Español. f) Las federaciones y asociaciones de las entidades sin fines lucrativos a que se refieren los párrafos anteriores.
En virtud de la norma señalada, están exentas de pagar el IBI las fundaciones del PSOE (Fundación Pablo Iglesias, Fundación Sistema y Fundación Ideas) y su organización feminista, la Federación de Mujeres Progresistas, pues fue declarada de utilidad pública el 12 de mayo de 1999. Dicho sea a las claras, por si alguien no se ha enterado: el PSOE pretende que sus fundaciones -que no tienen comedores sociales ni prestan ayuda a los pobres- tengan exención y la Iglesia Católica no. ¿Estará preparado para acoger a todas las personas que se benefician de las cuantiosas obras sociales que sostiene la Iglesia, o pretende dejarlas tiradas en la calle?
4º. Los partidos políticos también están exentos de pagar el IBI
Me remito a lo que señala la Ley Orgánica 8/2007, de 4 de julio, sobre financiación de los partidos políticos en su Articulo 9.2: “En lo no previsto en este título se aplicarán las normas tributarias generales y en particular, las previstas para las entidades sin fines lucrativos.“ Las citadas normas para entidades sin fines lucrativos son las que se recogen en la Ley de Mecenazgo, que acabamos de ver. Así pues, el PSOE e IU están reclamando cobrar a la Iglesia Católica un impuesto del que dichos partidos están exentos. Y ejemplos no faltan para acreditarlo:
Durante el mandato de Zapatero, el PSOE pidió la exención del IBI para su sede nacional, solicitando a Hacienda un informe que resultó ser favorable a dicha petición.
En la ciudad de Zamora el PSOE llegó a solicitar la exención del IBI incluso con carácter retroactivo. Otro tanto hizo el PSOE en Ciempozuelos, Madrid.
En 2012, ante las peticiones de los socialistas para se le cobrase ilegalmente a la Iglesia el IBI en los casos en los que está exenta de pagarlo, se descubrió que el PSOE no pagaba el IBI en sus sedes de Alcorcón, Majadahonda, Torrejón de Ardoz, Getafe, Fuenlabrada y L
En la misma línea que el PSOE, y mientras reclamaba a la Iglesia el pago del IBI por inmuebles legalmente exentos del mismo, se descubrió que Izquierda Unida no pagaba el IBI de sus sedes de Córdoba, El Ejido (Almería) y San Andrés del Rabanedo (León). Tampoco lo pagaban dos inmuebles del PCE en Almería.
5º. La izquierda no hizo campaña sobre el IBI de la SGAE, el Palace y el Ritz
Además de las exenciones ya señaladas que figuran en la Ley de Mecenazgo y en la Ley de financiación de partidos políticos, el Artículo 62 de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales señala que también están exentos de pagar el IBI, entre otros:
Los edificios propiedad del Estado, de las Comunidades Autónomas y de las entidades locales, lo que incluye a ministerios, colegios y universidades públicas, etc.
Los inmuebles de la Cruz Roja Española.
Los inmuebles de representaciones diplomáticas o consulares.
Previa solicitud, los colegios concertados.
Los declarados expresa e individualizadamente como monumentos históricos de interés cultural, motivo por el que algunos ayuntamientos, como el de Madrid, llegaron a estar exentos del 80% del IBI al edificio histórico de la Telefónica en la Gran Vía, la sede de la SGAE o a los lujosos hoteles Ritz y Palace.
A pesar de ello, la izquierda no hizo campaña alguna para que el Ritz, el Palace o la SGAE pagasen íntegro el IBI por dichas sedes. Toda su artillería la centra en la Iglesia Católica. ¿Será que la izquierda cree que atienden a más pobres en la SGAE, en el Palace o en el Ritz que en las iglesias?
6º. Las exenciones de las que se benefician los sindicatos
Se da, además, otra paradoja: aunque las centrales sindicales sí que pagan el IBI por los inmuebles de su propiedad, muchas sedes de sindicatos son cedidas por el Estado y por tanto los sindicatos no pagan ese IBI. Es lo que ocurre, por ejemplo, con varias sedes de UGT y CCOO en Madrid. Si tienes curiosidad por ver la cantidad de sedes sindicales que se benefician de esta situación, tienes aquí el lista completa (impresa en PDF ocupa 39 páginas). Hay que señalar, además, que según el Artículo 5 de la Ley 4/1986, de 8 de enero, de cesión de bienes del Patrimonio Sindical Acumulado, la cesión es gratuita, por lo que los sindicatos, además de no pagar el IBI, no pagan ningún alquiler al Estado, asumiento sólo los gastos derivados del uso y mantenimiento de dichos locales. ¿Habéis visto alguna campaña de la izquierda denunciando esto? Yo tampoco. Y eso que dichos sindicatos tampoco tienen comedores sociales, ni casas de acogida para ancianos, enfermos o indigentes, ni tienen nada que se acerque ni remotamente a las obras sociales que impulsa la Iglesia en España (una labor social católica que ahorra miles de millones de euros al Estado).
Twittear |