jueves, 23 de marzo de 2017

PP y PSOE piden a Pastor que tome medidas para evitar que Cañamero acose al Gobierno en el hemiciclo

El Reglamento adjudica a la presidenta el deber de velar por el orden y le da libertad para que adopte medidas oportunas.
 
 
El diputado de Podemos, Diego Cañamero, frente al ministro de Justicia, Rafael Catalá, el miércoles en el Congreso
El diputado de Podemos, Diego Cañamero, frente al ministro de Justicia, Rafael Catalá, el miércoles en el Congreso - EFE
 
La escena que el diputado de Podemos, Diego Cañamero, montó ayer miércoles en el hemiciclo puede salirle cara. Tanto el Partido Popular como el PSOE han rechazado su comportamiento y solicitado a la presidenta del Congreso, Ana Pastor, que adopte las medidas necesarias para que este tipo de actuaciones no vuelvan a repetirse.
Cañamero aprovechó los minutos anteriores al inicio del Pleno para dirigirse al escaño del ministro de Justicia, Rafael Catalá, portando sendos carteles en sus manos, uno con la imagen de Iñaki Urdangarín y otra con la fotografía del sindicalista Andrés Bódalo, para exigir la puesta en libertad de este último.
El diputado morado aprovechó que ni siquiera se encontraba la presidenta del Congreso en el hemiciclo y que, al no haber empezado el Pleno, ninguna autoridad parlamentaria podía llamarle al orden. Para el PP se trata de una conducta constitutiva de acoso.
La presidenta del Congreso ha aceptado la petición de PP y PSOE, de manera que la Mesa del Congreso debatirá el próximo martes si procede imponer algún tipo de advertencia o amonestación a Cañamero, que habitualmente busca la atención de las cámaras portando camisetas provocativas o reivindicativas.
No hay precedentes de una conducta similar por parte de un diputado pero existen varias disposiciones en el Reglamento que amparan a Pastor si decide apercibir a Cañamero. Así, por ejemplo, el artículo 105 recoge que la presidenta del Congreso «velará por el mantenimiento del orden en el recinto» a cuyo efecto «podrá adoptar cuantas medidas considere oportunas poniendo incluso a disposición judicial a las personas que pertubaren aquél».
Más concreto, el artículo 106 señala que «cualquier persona que en recinto parlamentario, en sesión o fuera de ella y fuese o no diputado, promoviera desorden grave con su conducta de obra o palabra será inmediatamente expulsado. Si se tratare de un diputado el presidente le suspenderá además en el acto en su condición de diputado por plazo de hasta un mes sin perjuicio de que la Cámara a propuesta de la Mesa pueda ampliar o agravar la sanción».
 

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