Son españoles para percibir una pensión y también lo son para juzgarles por sedición
Una Cataluña independiente quedaría autoexcluida de la UE y de la ONU
Oriol Junqueras, de ERC y miembro de la candidatura separartista de Artur Mas, afirmó ayer que “en una Cataluña independiente aquellos ciudadanos que no renuncien a la ciudadanía española la mantendrán”. Respondía así a las advertencias, hechas ya por varios mandatarios de la Unión, de que una Cataluña independiente se quedaría fuera de la UE, ya que una región es parte de la UE por ser parte de un país miembro de la UE. En caso de independencia, Cataluña se autoexcluiría de la UE y también de la ONU al autoexcluirse de España. Así de simple. Y lo mismo sería aplicable a todos los organismos internacionales de los que Cataluña forma parte pero sólo por ser parte de España.
Una Cataluña sin pensiones o convertida en un infierno fiscal
Pero más allá de las consecuencias internacionales, lo que más nerviosos ha debido poner a los separatistas ha sido el anuncio de la Seguridad Social de que la independencia “dejaría en el aire las obligaciones y compromisos de pago en materia de pensiones”. Y no sólo eso: “Un sistema propio supondría reconstruir todo el sistema desde cero”, con el inconveniente añadido de que Cataluña ingresa en cotizaciones 4.544 millones menos de los que gasta en pensiones, según datos de 2014. El Secretario de Estado de la Seguridad Social, Tomás Burgos, ha señalado que este desfase “conllevaría un incremento brutal de cotizaciones y/o de impuestos, o bien un recorte drástico e inmediato de prestaciones” en la Cataluña independiente, aumento de cotizaciones y/o recorte de prestaciones que serían tanto mayores cuanto mayor fuese la dificultad del nuevo Estado catalán para obtener créditos, asunto complicado teniendo en cuenta que Cataluña ya es la comunidad autónoma más endeudada de España, lo que generaría lógicas dudas sobre su solvencia.
¿Seguir siendo españoles para los derechos pero no para las obligaciones?
Estas últimas horas, desde el entorno separatista y desde ciertos medios se está esgrimiendo lo que dice el Artículo 11 de la Constitución: “Ningún español de origen podrá ser privado de su nacionalidad.” Intentan, así, tranquilizar a los partidarios de la independencia de cara a la posibilidad de perder los derechos asociados a la nacionalidad española. Pero la Constitución también dice en su Artículo 1: “La soberanía nacional reside en el pueblo español, del que emanan los poderes del Estado.” Y su Artículo 2 añade: “La Constitución se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación española, patria común e indivisible de todos los españoles”. ¿Con qué cara exigirán, Constitución en mano, que se preserve su nacionalidad, quienes han llamado a subvertir la soberanía nacional y quebrantar la unidad de España, que también figuran en la Constitución? Los separatistas catalanes reniegan de sus obligaciones como españoles pero quieren conservar los derechos como tales. Es una demostración colosal de cara dura. Llegados a este punto, creo que está de más ponerse a hablar de pensiones, de la nacionalidad o de las membresías internacionales de una Cataluña independiente. Ante un desafío separatista, lo que toca es hablar de consecuencias legales para quienes se salten la ley para usurpar una parte del territorio español.
Lo que dice la ley sobre los delitos de sedición y de rebelión
Esto es lo que dice el Código Penal en relación al delito de sedición:
Artículo 544Además, el Artículo 472 señala como reos del delito de rebelión a “los que se alzaren violenta y públicamente” para, entre otros fines, el siguiente: “Declarar la independencia de una parte del territorio nacional.”
Son reos de sedición los que, sin estar comprendidos en el delito de rebelión, se alcen pública y tumultuariamente para impedir, por la fuerza o fuera de las vías legales, la aplicación de las Leyes o a cualquier autoridad, corporación oficial o funcionario público, el legítimo ejercicio de sus funciones o el cumplimiento de sus acuerdos, o de las resoluciones administrativas o judiciales.
Artículo 545
1. Los que hubieren inducido, sostenido o dirigido la sedición o aparecieren en ella como sus principales autores, serán castigados con la pena de prisión de ocho a diez años, y con la de diez a quince años, si fueran personas constituidas en autoridad. En ambos casos se impondrá, además, la inhabilitación absoluta por el mismo tiempo.2. Fuera de estos casos, se impondrá la pena de cuatro a ocho años de prisión, y la de inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de cuatro a ocho años.
Usar a los Mossos para imponer la independencia sería una rebelión armada
Lo que dice la ley está muy claro, y esta ley es aplicable en todo el territorio español, del cual Cataluña forma parte a todos los efectos. Y seguirá formando partes el lunes, pase lo que pase el domingo. Si el separatismo catalán piensa llevar a cabo un golpe de Estado para apropiarse de una parte de España, violando la soberanía nacional -porque de eso es de lo que estamos hablando, y es algo muy grave que no puede tolerar ningún país civilizado y democrático-, lo que tiene que hacer el gobierno es enviar a la Policía a detener a los golpistas. Y si los golpistas pretenden, con violencia, impedir la acción de la Policía y la aplicación de las leyes en una parte de España, entonces estaríamos ante una rebelión armada y si procede enviar al Ejército a reestablecer el orden constitucional, pues se envía. Precisamente, esa Constitución a la que algunos apelan para lo que les conviene también dice lo siguiente en su Artículo 8:
“Las Fuerzas Armadas, constituidas por el Ejército de Tierra, la Armada y el Ejército del Aire, tienen como misión garantizar la soberanía e independencia de España, defender su integridad territorial y el ordenamiento constitucional.“Ante un desafío golpista, toca actuar para defender nuestra democracia
Estas normas fueron aprobadas por todos los españoles, catalanes incluidos. De hecho, en el referéndum celebrado para su aprobación en 1978, Cataluña fue una de las regiones que más apoyó la Constitución, con una participación que superó en 32 puntos la del referéndum para el actual Estatuto catalán. Esa Constitución contempla sus propios mecanismos de reforma, y saltárselos es un atentado contra la democracia. Fue un golpe de Estado que un grupo de guardias civiles entrase pistola en mano en el Congreso de los Diputados el 23 de febrero de 1981 para imponernos su voluntad a todos los españoles, y también es un golpe de Estado que un gobierno autonómico pretenda saltarse la ley y declarar la independencia de un territorio español, usando para lograrlo la fuerza armada a sus órdenes, pues nadie tenga la menor duda de que los separatistas pretenderán usar a los Mossos d’Esquadra para imponer sus desvaríos independentistas a los catalanes que quieran mantenerse fieles al orden constitucional. Ya está bien de andar discutiendo con golpistas: con los golpistas no se debate, se les detiene y se les envía a juicio por sedición y/o rebelión. Y esto es así en cualquier país que tenga un mínimo de sentido común. Ya va siendo hora de recuperarlo en el nuestro.
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