Abre la puerta a que el presidente de ERC huya a Bélgica como ya hizo Puigdemont
Las escandalosas incoherencias del escrito de la Abogacía del Estado sobre Oriol Junqueras
Ayer el gobierno de Pedro Sánchez culminó su negociación con un delincuente condenado a 13 años de prisión por sedición, poniendo a la Abogacía General del Estado a sus pies.
Sánchez pacta su investidura con un delincuente y con un partido que apoyó un golpe de Estado
Es una situación sin precedentes en la historia de la democracia que un gobierno en funciones negocie su investidura con un delincuente, Oriol Junqueras, presidente de Esquerra Republicana de Catalunya (ERC), condenado además en sentencia firme y por un delito grave. Otro hecho sin precedentes es que un gobierno en funciones negocie su investidura con un partido, ERC, que ha apoyado abiertamente un golpe de Estado (o mejor dicho dos, pues ya hizo lo mismo en octubre de 1934, durante la Segunda República), saltándose las leyes y las sentencias judiciales para romper la unidad de España. Todo ello, además, con el fin de establecer un gobierno de coalición con un partido, Podemos, vinculado a regímenes dictatoriales como Irán y Venezuela, regímenes cuyos crímenes se ha negado a condenar en repetidas ocasiones.
Los que pedían cordones sanitarios contra Vox ahora se callan
Pero lo escandaloso no es exclusivamente lo citado, sino también el silencio de los mismos medios y políticos nacionales y extranjeros que llevan meses presionando para imponer un cordón sanitario a Vox, que es un partido democrático que respeta la legalidad vigente, defiende la Constitución y la Monarquía y jamás ha empleado ni justificado la violencia con fines políticos, algo que no se puede decir de los socios del PSOE. Ha sido escandalosa la criminalización de un partido de la derecha democrática por los mismos que aprueban y jalean a la extrema izquierda golpista y amiga de dictaduras. Esa criminalización es todo un anuncio de intenciones de lo que puede conllevar el nuevo gobierno para España, si finalmente Pedro Sánchez logra ser investido. Pero aún es más revelador el escrito de la Abogacía del Estado, que demuestra hasta qué punto se han retorcido los argumentos jurídicos para satisfacer al PSOE y a sus aliados.
La Abogacía del Estado coincide con Contando Estrelas sobre las incongruencias de la sentencia del TJUE
El escrito de la Abogacía del Estado, publicado hoy por diversos medios, se puede leer aquí (PDF). En su segunda página me ha llamado la atención un detalle. Como recordaréis, el 19 de diciembre señalé aquí que la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) se salta su propia jurisprudencia y al Acta Electoral de 1976. En cuanto a la jurisprudencia, cité concretamente la Sentencia de 7 de julio de 2005 con la que el TJUE negó la condición de eurodiputado a Jean-Marie Le Pen. Pues bien: la Abogacía del Estado coincide con lo que expuse en esa entrada, señalando que la reciente sentencia del TJUE sobre Junqueras «se separa de la previa jurisprudencia del Tribunal de Justicia (ej.: Sentencia de 7 de julio de 2019, Le Pen, EU:C:2005:249, o la Sentencia de 30 de abril de 2009, Donnici, EU:C:2009:275) y que tiene difícil conciliación con el tenor literal del Acta electoral de 20 de septiembre de 1976». Me pregunto qué dirán ahora algunos que opinaron que yo había hecho una interpretación fuera de lugar en aquella entrada.
¿Cuál sería la consecuencia lógica de los argumentos expuestos por la Abogacía del Estado?
El caso es que la Abogacía del Estado no se queda ahí. Considera, así mismo, que «la actuación seguida por el Tribunal Supremo hasta este momento se había acomodado a la doctrina que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea había proclamado hasta la fecha», por lo que no solicita la anulación de la sentencia del Supremo condenando a Junqueras. Señala, además, que el presidente de ERC «ha sido condenado a las penas de 13 años de prisión y 13 años de inhabilitación absoluta, con la consiguiente privación definitiva de todos los honores, empleos y cargos públicos que tenga el penado, aunque sean electivos, e incapacidad para obtener los mismos o cualesquiera otros honores, cargos, o empleos públicos y la de ser elegido para cargo público durante el tiempo de la condena». Hasta aquí todo bien. La lógica consecuencia de esto sería afirmar que Junqueras, al estar condenado por sentencia firme a 13 años de prisión y 13 de inhabilitación absoluta (ver Sentencia del Supremo) no puede adquirir la condición de eurodiputado. A fin de cuentas, la sentencia del TJUE hace referencia a una situación de prisión provisional, y no a una situación de condena por sentencia firme, que es la efectiva a día de hoy.
La Abogacía del Estado atribuye a la JEC una decisión que ya ha tomado el Supremo
La propia Abogacía del Estado asume inicialmente esa deducción lógica: «En principio, en razón de la condena penal a las penas de prisión e inhabilitación absoluta, en el Sr. Junqueras podría concurrir causa de inelegibilidad conforme al derecho nacional», señalando que eso «determina que podría estar incurso en causa sobrevenida de incompatibilidad», circunstancia que «conllevaría la anulación del mandato en el sentido del artículo 13 del Acta de 1976». Sin embargo, en la página 5 de su escrito la Abogacía del Estado se desmarca de esta interpretación. Aunque reconoce que el procedimiento penal seguido por el Supremo no implicaba «la necesidad de suspender el procedimiento penal seguido contra el Sr. Junqueras ni impedía que se dictara sentencia en el procedimiento penal principal», la Abogacía del Estado afirma que «es la Junta Electoral Central la competente para todas las cuestiones relacionadas con la proclamación de candidatos a las elecciones europeas», y añade: «Hasta el momento, no consta que por esa Junta se haya declarado la incompatibilidad del Sr. Junqueras».
La JEC habrá de demostrar ahora hasta dónde llega la claudicación ante ERC
La Abogacía del Estado olvida que la JEC sí que declaró a Junqueras inhábil para ser candidato en las elecciones generales del 10 de noviembre, y que si la JEC no ha emitido una declaración inhabilitándole de cara al Parlamento Europeo es porque el Tribunal Supremo ya la había inhabilitado. De hecho, el 3 de enero está previsto que la JEC se reúna no para decidir la inhabilitación de Junqueras, sino para tomar la decisión de comunicársela al Parlamento Europeo, pues como digo, esa inhabilitación ya la negó el Supremo. De hecho, la JEC no pudo entregar a Junqueras la credencial de eurodiputado porque el Supremo denegó el permiso para cumplir el trámite, exigido en la ley, de jurar o prometer la Constitución. Si la JEC siguiese aquí los dictados de la Abogacía del Estado, nos encontraríamos con otra burla más al Tribunal Supremo y al propio Estado de Derecho en virtud de la negociación entre el PSOE y ERC.
¿La Abogacía del Estado ignora el Art. 123 de la Constitución?
La Abogacía señala, además, que no constando «la expresa declaración de la incompatibilidad y de la anulación del mandato, sigue hasta que no se produzca dicha declaración por la JEC, ostentando las inmunidades previstas en el artículo 9 del Protocolo nº7, conforme a lo definido por los apartados 71 y 77 de la sentencia del TJUE». Con esta disparatada afirmación, la Abogacía del Estado parece situar a la JEC por encima del Tribunal Supremo, ya que éste ya ha dictado sentencia firme de inhabilitación absoluta contra Junqueras. Para salir de este dislate, la Abogacía del Estado sólo tiene que leer el Artículo 123.1 de la Constitución: «El Tribunal Supremo, con jurisdicción en toda España, es el órgano jurisdiccional superior en todos los órdenes, salvo lo dispuesto en materia de garantías constitucionales». ¿Qué parte de la expresión «todos los órdenes» no ha entendido la Abogacía?
El escrito plantea unas imposibles «medidas de custodia» en un país que ya da refugio al fugado Puigdemont
Partiendo de ese disparate, la Abogacía del Estado considera que «el Sr. Junqueras mantiene su inmunidad como miembro proclamado oficialmente electo del Parlamento Europeo», a pesar de que ha sido condenado por sentencia firme a inhabilitación absoluta, y plantea, en todo caso, «solicitar a la mayor brevedad posible al Parlamento Europeo que suspenda la inmunidad». Así mismo, tras recordar los planteamientos del TJUE sobre la «prisión provisional» (que no sobre la prisión por condena en sentencia firme, que es la ya efectiva), la Abogacía del Estado pide autorizar «que el Sr. Junqueras Víes pueda acudir al acto de juramento o promesa ante la Junta Electoral Central» y señala que «deberán adoptarse las medidas de custodia que sean oportunas para que el Sr. Junqueras pueda sin impedimentos cumplir el trámite citado». Pero como ya hemos visto, ese procedimiento fue negado por el propio Tribunal Supremo, al estar Junqueras ya condenado por sentencia firme.
Además de lo anterior, la Abogacía del Estado considera (página 14 del escrito) que «debe ser reconocida al Sr. Junqueras lo constituye la posibilidad de dirigirse sin impedimentos al lugar de reunión del Parlamento Europeo o bien regresar de él» y también que «pueda acudir al Parlamento Europeo» de forma regular «en tanto mantenga su estatus de parlamentario». A comtinuación, en la página 15, el escrito pide «garantizar que la libertad de movimientos que en su caso pueda requerir el ejercicio de las inmunidades reconocidas, no pueda dar lugar a la fuga del penado». Reconozco que al llegar a este punto no he podido evitar reírme, y no porque el asunto me haga gracia, sino porque el disparate que propone el escrito ya es tan contradictorio que provoca la risa: ¿cómo pretende la Abogacía del Estado que se evite la fuga de Junqueras en un país extranjero que ya da refugio a un fugado de la Justicia española como es Carles Puigdemont? Aunque se envíen policías españoles a acompañarle a distancia todo el día, si Junqueras decidiese que no le da la gana de volver a España, tendríamos ya a otro fugado en Bélgica.
El PSOE liquida la dignidad de una prestigiosa institución del Estado
Obvia decirlo: con este infame escrito, la Abogacía del Estado está poniendo todas las facilidades para que Junqueras se vaya a Bélgica y no vuelva. El escrito, por cierto, lo firma Rosa María Seoane López, que hace un año sustituyó a Edmundo Bal como jefa de lo Penal de los servicios jurídicos del Estado cuando el cesado quiso acusar por rebelión a Junqueras y a sus conpinches. Aquella fue la primera vez que Sánchez puso la Abogacía del Estado a los pies de los separatistas. Con este nuevo escrito, esa institución del Estado se convierte ya en una mera alfombra de ERC. Es realmente asqueroso ver como el PSOE ensucia todo lo que toca, incluso acabando con la dignidad de una institución de tan larga y prestigiosa trayectoria como la Abogacía General del Estado. Después de esto, ¿qué más nos quedará por ver a partir de ahora?
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Foto: Generalidad de Cataluña.
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