El ministerio público exige que los condenados a prisión no puedan obtener el tercer grado hasta que cumplan la mitad de la pena
Tras casi cuatro meses de juicio en el Tribunal Supremo, más de 400 testigos y centenares de imágenes de momentos clave de lo vivido en Cataluña en el otoño de 2017, ni las acusaciones ni las defensas se han movido de la posición que mantenían antes de la vista oral. Las partes expusieron ayer ante el tribunal sus conclusiones definitivas y todas (a excepción de un pequeño cambio de Vox) ratifican los escritos con los que llegaron al juicio. Entre ellos, el de la Fiscalía, que mantiene una petición de pena de 25 años de cárcel para Oriol Junqueras y de entre siete y 17 años para los otros 11 acusados.
El juicio del procés pasó ayer en menos de un minuto del pasado al futuro: de la exhibición de vídeos sobre la actuación policial en la jornada de la consulta ilegal de independencia del 1 de octubre de 2017 al castigo que la Fiscalía, la Abogacía del Estado y Vox piden que se imponga a los 12 líderes independentistas sentados en el banquillo. Nunca durante el juicio pareció que los argumentos de las defensas y las declaraciones de los testigos más favorables a los procesados estuvieran calando entre las acusaciones, pero algunos abogados mantenían la esperanza de que, sobre todo el ministerio público, acabara rebajando su durísima propuesta.
Finalmente, y como ya habían avanzado fuentes de las acusaciones en los últimos días, no ocurrió así. La Fiscalía elevó ayer a definitivas las conclusiones provisionales con las que inició el juicio: Oriol Junqueras se enfrenta a una pena de 25 años de cárcel por un delito de rebelión agravado con malversación de caudales públicos por su papel como líder del procés. El ministerio público atribuye también ambos delitos a los otros exconsejeros del Gobierno de Carles Puigdemont que, como Junqueras, están en prisión preventiva (Joaquim Forn, Jordi Turull, Josep Rull, Raül Romeva y Dolors Bassa), para los que solicita 16 años de cárcel.
Cumplimiento de la pena
A los otros tres procesados encarcelados (la expresidenta del Parlament Carme Forcadell, el expresidente de la ANC Jordi Sànchez y el líder de Òmnium, Jordi Cuixart) se les acusa de rebelión, pero no de malversación. Aun así, son considerados “promotores o jefes” de la rebelión, por lo que la fiscalía pide para ellos una pena más elevada que para los exconsejeros (17 años de prisión).
El ministerio público tampoco altera los delitos y peticiones de condena para los tres procesados que están en libertad preventiva (Santi Vila, Meritxell Borràs y Carles Mundó): siete años de cárcel y 16 de inhabilitación por malversación y multa de 30.000 euros y 20 meses de inhabilitación para empleo o cargo público por desobediencia.
El escrito de la Fiscalía explicita, además, algo que, aunque es una práctica habitual, no había concretado en sus conclusiones provisionales: una referencia expresa a que se aplique el artículo 36.2 del Código Penal, que establece lo que se conoce como un periodo de seguridad en el cumplimiento de la pena. Si la Fiscalía no lo pide, el tribunal no puede acordarlo.
Este artículo está reservado para delitos de especial gravedad e implica que no puede concederse el tercer grado (que permite al preso disfrutar de un régimen de semilibertad) antes de que se cumpla la mitad de la pena de prisión impuesta. Al pedir que se aplique, el ministerio público pretende evitar posibles beneficios penitenciarios inusuales para penas elevadas si, como es previsible, los líderes independentistas cumplen la pena en cárceles dependientes de la Generalitat.
El relato del procés que hace la Fiscalía tras el juicio contiene algunas modificaciones, aunque mínimas, del que hizo antes. El ministerio público ha añadido varios datos favorables a su tesis aportados por testigos. Como la referencia que hizo el comisario de los Mossos Ferrán López a unas palabras pronunciadas por Puigdemont durante una reunión previa al 1-O. “Al finalizar la reunión, el procesado rebelde, entonces presidente de la Generalitat, manifestó a todos los presentes que si el 1 de octubre había violencia declararía la independencia”, recuerda la Fiscalía.
El ministerio público sigue manteniendo que los acusados promovieron la ejecución de una estrategia “perfectamente planificada, concertada y organizada” para fracturar el orden constitucional con el objetivo de conseguir la independencia de Cataluña. En su primer escrito hablaba ya de una “insurrección patente” contra el orden jurídico. Tras la vista oral, centra las fechas clave de lo que califica como periodo “claramente insurreccional”: el comprendido entre el 19 y 20 de septiembre de 2017 (cuando se iniciaron las protestas contra actuaciones judiciales destinadas a evitar el 1-O) y el 27 de octubre, (cuando el Parlament votó la declaración de independencia).
Tampoco han modificado sus peticiones las otras dos acusaciones, la Abogacía del Estado (que sigue calificando los hechos de sedición en vez de rebelión y pide penas de entre siete y 12 años de cárcel) y Vox (que considera que los procesados incurrieron en rebelión, organización criminal y malversación y solicita condenas de entre 24 y 74 años). Con una excepción: el partido de ultraderecha, que ejerce la acusación popular, ha retirado el delito de organización criminal y el de malversación al exconsejero de Empresa Santi Vila, y solo le atribuye uno de desobediencia. Este cambio se traduce en que Vox ya no pide 24 años de prisión para Vila —que dimitió un día antes de la declaración de independencia— sino solo una pena de inhabilitación.
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