lunes, 25 de septiembre de 2017

Mas tiene 15 días para depositar 5,2 millones ante el Tribunal de Cuentas


El Tribunal de Cuentas ha comunicado este lunes al expresidente de la Generalitat Artur Mas que deberá hacer efectiva una fianza de 5.251.948 euros derivada del uso de fondos públicos en la consulta soberanista del 9 de noviembre de 2014. Dispone para ello de un plazo de 15 días o se procederá al embargo de sus bienes, aclaran fuentes jurídicas.
El acta de liquidación de las conclusiones de la instrucción judicial por las diligencias abiertas contra el expresident, tres consellers y siete funcionarios concluye que Mas es responsable directo de todos los gastos que supuso el 9N y debe compartir con cada consejero y los empleados de estos departamentos, también investigados, la caución de la partida que asumió cada uno. La cantidad incluye el gasto real, 4.831.599,03 euros, más otros 420.349,14 que responden a los intereses.. Todo ello, sin perjuicio de lo que, posteriormente, se decida en el correspondiente procedimiento de reintegro por alcance, dado que la fianza, solidaria, sólo tiene como objetivo garantizar que los investigados puedan hacer frente a una eventual condena futura.
A la sede del Tribunal de Cuentas han acudido los representantes legales de Mas, su exvicepresidenta Joana Ortega, y los exconsellers Irene Rigau (Educación) y Francesc Homs (Presidencia), así como a otras siete personas que participaron en la organización de los gastos para el referéndum del 9-N: el exsecretario general de la Presidencia de la Generalitat Jordi Vilajoana, más Lluis Bertrán i Saura, Josefina Valls i Villa, Carolina Pardo Miguel, Jaume Domingo i Planas, lgnasi Genovés i Avellana y Jordi Serra i Catalán.
A partir de ahora se abre un plazo para alegaciones de 15 días y, si se confirman las cifras, se les exigirá al término que depositen las cantidades por los daños perjudicados al erario público. La fianza sirve para garantizar que los investigados puedan hacer frente a una eventual condena futura. Todo ello, sin perjuicio de lo que, posteriormente, se decida en el correspondiente procedimiento de reintegro por alcance, dado que la fianza sólo tiene como objetivo garantizar que los investigados puedan hacer frente a una eventual condena futura.
El expresidente de la Generalitat Artur Mas. (EFE)© EFE El expresidente de la Generalitat Artur Mas. (EFE)
Además de la cantidad impuesta a Mas (que responde por todo) la mayor fianza corresponde a Irene Rigau por la adquisición de ordenadores portátiles 3.044.399,09 euros seguida por Francesc Homs con 2.127.580,09 euros y Joana Ortega con 839.439,75 euros.
La denuncia de Societat Civil Catalana (SCC) y la Asociación de Abogados Catalanes se justificaba en que, aunque Mas y sus consejeros ya habían sido condenados por desobedecer al Tribunal Constitucional al organizar aquella consulta de 2014, ello no les eximía de su responsabilidad contable por el uso irregular de dinero público.
En concreto, los denunciantes individualizaban una serie de gastos públicos por un importe global de más de 5 millones de euros: construcción de una página web institucional (14.837.60 euros); material para la votación (70.532,08 euros); adquisición de ordenadores portátiles para las mesas de votación (828.171,42 euros); póliza aseguradora para voluntarios (1.409,26 euros); apoyo informático a la consulta (1.106.185,77 euros) y envío de información (307.962,71 euros).
Las asociaciones acusaron a Mas y a sus exconsejeros de facilitar la logística y todos los medios los medios materiales y presupuestarios necesarios para la realización de la consulta popular, "por lo que destinaron caudales y efectos públicos puestos a su cargo para una finalidad ajena a las competencias y funciones públicas que tenían encomendadas, que aunque amplias, lógicamente, no eran ilimitadas".
También señalaron en su denuncia como objeto de responsabilidad contable el hecho de que los dirigentes denunciados ordenaran a subordinados y entes públicos dependientes, cada uno dentro del ámbito de su ámbito de responsabilidad institucional, "la aplicación económica de fondos públicos por un importe no inferior a 5.129.833 euros (cifraban entonces) para realizar un conjunto de actuaciones en abierta y franca contradicción con la Constitución, desprovistas de soporte presupuestario por desborde competencial, y desobedeciendo la orden de suspensión que había decretado el Tribunal Constitucional".

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