Por primera vez se identifica a los responsables de una eventual desobediencia: Forcadell y Mas. La resolución se les notificará en mano, al igual que a otros 19 diputados y consejeros de la Generalitat .
El Pleno del TC acaba de admitir a trámite la impugnación del Gobierno contra la resolución independentista aprobada en el Parlamento catalán el lunes. A partir de este momento cualquier acto que se derive de ella, sea vía parlamentaria o gubernamental, constituirá un delito de desobediencia en el que no resultará difícil encontrar al responsable, pues por primera vez, y en virtud de la reciente reforma de la ley que regula al TC, se identifica como responsables de esa hipotética conducta a la presidenta del Parlamento catalán, Carme Forcadell, y al presidente en funciones de la Generalitat, Artur Mas.
En la providencia notificada este miércoles, el TC señala que, en virtud del artículo 161.2 de la Constitución, es decir, por mandato constitucional, la resolución queda suspendida por un periodo de cinco meses, tras los cuales los magistrados deben decidir si levantan o ratifican esta medida. Se trata de un trámite formal que los magistrados han despachado en algo más de dos horas pues ahora disponen de esos cinco meses para estudiar la posible inconstitucionalidad de la resolución rupturista. Como informa hoy ABC los magistrados no tienen previsto agotar ese plazo.
El Gobierno considera que la resolución independentista aprobada el lunes por el Parlamento catalán atenta contra la más elemental idea democrática, que es la separación de poderes, «premisa esencial de cualquier ordenamiento jurídico«. «Sin separación de poderes, el Parlamento catalán o, mejor dicho, la mayoría no cualificada del mismo, queda como poder absoluto y omnímodo sin límite ni garantía alguna, desapareciendo la seguridad jurídica por completo».
A las doce de la mañana la Abogacía del Estado presentó el recurso del Ejecutivo contra la declaración independentista ante el Tribunal Constitucional, que resolverá sobre la admisión esta misma tarde en un pleno extraordinario convocado a las cuatro y media. La consecuencia más inmediata será la suspensión de la resolución durante un periodo de cinco meses en el que los magistrados estudiarán el fondo del asunto, es decir, su inconstitucionalidad.
En su escrito, como ya informó ABC los servicios jurídicos del Estado piden al Tribunal que en la providencia de suspensión de la resolución aperciba a 21 altos cargos catalanes, entre ellos el presidente en funciones de la Generalitat, Artur Mas, y la presidenta del Parlament, Carme Forcadell, de que el incumplimiento de su mandato puede llevar a un delito de desobediencia y a suspenderles de sus funciones.
«Capacidad exorbitante»
El recurso expone la vulneración de un rosario de artículos de la Constitución española, entre ellos la soberanía nacional, y de dos del Estatuto de Autonomía. «La admisión de la resolución supondría aceptar que una parte del pueblo español, en este caso catalán, pudiera, en hipótesis, abrir un proceso constituyente a la gran mayoría del pueblo español expresándose la tensión entre el pueblo español como titular de la soberanía nacional y una parte del mismo (en este caso el catalán), al que se reconocería en la práctica una capacidad exorbitante de las competencias de ámbito territorial limitado» y que afectan al orden constitucional establecido.
La interposición del recurso ha tenido lugar inmediatamente después de que el Consejo de Ministros haya celebrado esta misma mañana una reunión extraordinaria para culminar los trámites para recurrir ante el TC la propuesta independentista catalana, autorizando a hacerlo al presidente del Gobierno, Mariano Rajoy.
Después de que el Parlamento de Cataluña aprobase el lunes con los votos de los 72 diputados de Junts pel Sí y la CUP la declaración secesionista que pretende avanzar hacia una «república catalana», el Gobierno solicitó de inmediato el informe preceptivo del Consejo de Estado para recurrir al Tribunal Constitucional.
Ayer, esa institución avaló por unanimidad ese recurso al considerar que «existen fundamentos jurídicos suficientes» para ello.
El dictamen del máximo órgano consultivo del Gobierno se fundamenta en el artículo 161.2 de la Constitución, que establece que el Ejecutivo podrá impugnar ante el TC las decisiones adoptadas por los órganos de las comunidades autónomas y que esta impugnación «producirá la suspensión» de la resolución recurrida.
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