viernes, 15 de agosto de 2014

Los argumentos de Alaya para la imputación de los aforados en el caso de los ERE

La magistrada sevillana intentará demostrar ante el Alto Tribunal la implicación de Chaves y Griñán
La Juez Mercedes Alaya,entrando en el Juzgado
 
 
La juez instructora del caso de los ERE fraudulentos de Andalucía, Mercedes Alaya, sostiene que los responsables de la Junta de Andalucía promovieron una «subversión del ordenamiento jurídico» para repartir las ayudas sociolaborales entre el entorno de «los sindicatos, de cargos de la Junta o del PSOE andaluz».
Estas son los principales argumentos con los que la magistrada sevillana pretende demostrar ante el Alto Tribunal la implicación de nueve aforados: los dos expresidentes (Manuel Chaves y José Antonio Griñán) y siete exconsejeros (José Antonio Viera, Gaspar Zarrías, Francisco Vallejo, Carmen Martínez Aguayo, Mar Moreno, Antonio Ávila y Manuel Recio).
 
El expresidente de la Junta, Manuel Chaves, durante la reunión del grupo parlamentario socialista
 
 
Alaya sitúa el comienzo de las irregularidades en 2001, cuando la Junta modificó la ley para abonar las subvenciones a través de transferencias de financiación, una figura que permitía «eludir el procedimiento legalmente previsto para el otorgamiento de subvenciones», ya que los pagos se efectuaba a través de una entidad pública, el IFA (posteriormente denominado Agencias IDEA).
 
Con esta medida se lograba «eludir los controles señalados de la Intervención de la Junta», ya que ésta sólo podía fiscalizar en la Consejería de Empleo la orden de transferencia, sin llegar más allá en su tarea. La estrategia permitía «una clara y palmaria discrecionalidad en el uso de los fondos públicos», ya que las subvenciones se concedían «sin solicitud, sin documentación justificativa» e incluso sin bases reguladoras. En definitiva, un reparto caprichoso del suculento pastel de los fondos de Empleo a salvo de miradas indiscretas en la trastienda de la administración.
 
Según la exposición de Alaya, esta «subversión normativa y procedimental determinaba que las ayudas en gran parte de los casos terminaran en manos de personas y empresas que por un motivo u otro estaban próximos al entorno de los sindicatos, de cargos de la Junta de Andalucía o del PSOE andaluz, beneficiándose además «sindicatos, agencias o mediadores de seguros y despachos de abogados».
 
Es la cuestión capital de la exposición de Alaya, ya que el Supremo debe decidir sobre la imputación de los aforados. La juez insiste en argumentar que todos ellos debían conocer necesariamente el desfase contable. Las agencias andaluzas IFA e IDEA «prestaban una colaboración necesaria e imprescindible para que el sistema pudiera llevarse a efecto», mediante el falseamiento de su presupuesto. Como las transferencias de financiación sólo se prevén para cubrir pérdidas de las empresas públicas, «era preciso que se falseara la propuesta de Anteproyecto del Presupuesto de la Agencia». Es decir, se creaba una deuda ficticia para justificar la recepción del dinero. Esto «necesariamente implicaba una coordinación a tres niveles: Consejería de Empleo, IFA e IDEA y Consejería de Economía y Hacienda».
Asimismo, cita diversas reuniones de alto nivel en las que se debió tratar necesariamente esta cuestión, y en la que estaba presente el presidente de la Junta. «Resulta imposible (...) que el consejero de Hacienda Sr. Griñán [posteriormente presidente de la Junta] y el presidente de la Junta Sr. Chávez [sic] no trataran el importante menoscabo de fondos públicos por actuaciones realizadas al margen del control del Intervención», sostiene la juez. Para Alaya, «no se trata de que los consejeros de Hacienda, Innovación o el presidente de la Junta conocieran el sistema puesto en marcha por la Consejería de Empleo, es que participaron la mayor parte de ellos en su instauración y todos en su mantenimiento», agrega.
 
Alaya dedica otra parte importante de su escrito a desgranar los informes que emitió el Interventor general de la Junta advirtiendo de la irregularidad del procedimiento. «Manifiesta hasta la saciedad que para la concesión y pago de tales subvenciones sociolaborales, ya desde el punto de vista administrativo y presupuestario, no puede utilizarse la figura de las transferencia de financiación». La juez considera «con toda lógica» que el contenido de estos informes fueran conocidos tanto por el consejero de Hacienda, Griñán, como por el presidente Chaves.
 
Respecto al Parlamento, que aprobó año tras año los presupuestos con estas presuntas irregularidades, la juez exime de responsabilidad a sus diputados, ya que al estudiar los proyectos de Ley que recibió entre 2002 y 2009 «carecía del conocimiento acerca del contenido de los programas», incluyendo la 31.L que financiaba las ayudas. Asimismo, la juez destaca «el lenguaje oscuro, ambiguo y difuso, con expresiones equívocas» utilizado por la Junta de los documentos presupuestarios.

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