viernes, 1 de abril de 2011

El Gobierno Zapatero propuso a ETA acabar con la ‘doctrina Parot’ y soltar a sesenta asesinos

Foto:Alfredo Pérez Rubalcaba.

Ofreció acabar con la ‘doctrina parot’ que afectaba a más de 60 sanguinarios terroristas.

Los emisarios del Ejecutivo esgrimieron su influencia sobre el Tribunal Constitucional para ofrecer las excarcelaciones.

"Doctrina Parot: la dejarán sin efecto, es cosa del Constitucional y pueden derogarla". Así describía el negociador y jefe etarra Javier López Peña, Thierry, el presunto compromiso del Gobierno con ETA para acabar con la acumulación de penas de presos terroristas. Si las actas del dirigente etarra son verdad y no "bazofia llena de mentiras", como dice Rubalcaba, el Ejecutivo se estaba comprometiendo durante el proceso de paz a liberar de facto a decenas de reclusos etarras con delitos de sangre.
¿Qué es la ‘doctrina Parot'? El 20 de febrero de 2006, el Tribunal Supremo emitió la sentencia 197/2006, que traía causa de un recurso interpuesto por el etarra Henri Parot (de ahí el sobrenombre de la doctrina). Los magistrados del Supremo estipularon que los beneficios penitenciarios obtenidos por un preso se aplicarían a la suma de sus condenas.
Hasta ese momento, los beneficios se aplicaban siempre a los 30 años de condena, el máximo de cumplimiento según el Código Penal de 1973. Es decir, merced a esta doctrina, si un recluso está condenado a un total de 100 años de cárcel por varias condenas, los beneficios que obtenga se calculan sobre esos 100 años, y no sólo sobre 30.
Hoy hay 61 etarras que han visto alargada su pena gracias a la doctrina Parot. Quince han recurrido en amparo al Tribunal Constitucional, que debe decidir sobre su futuro. Entre los etarras que pueden verse beneficiados por la decisión del TC están el propio Unai Parot, así como los criminales Ignacio Arakama Mendía, Makario, Santiago Arróspide Sarasola, Santi Potros, o Inés del Río Prada. Además de los terroristas ya afectados, de cara al futuro otros 120 etarras podrían ver cómo se acumulan sus penas, según calculan fuentes de la lucha antiterrorista consultadas por La Gaceta.
El 20 de febrero de 2006, el Tribunal Supremo emitió la sentencia 197/2006, que traía causa de un recurso interpuestopor el etarra Henri Parot (de ahí el sobrenombre). L os mag istra dos del Supremo estipularon que los beneficios penitenciarios obtenidos por un preso se aplicarían a la suma de sus condenas. Hasta ese momento, los beneficios se aplicaban siempre a los 30 años de condena, el máximo de cumplimiento según el Código Penal de 1973.
Es decir, merced a esta doctrina, si un recluso está condenado a un total de 100 años de cárcel por varias condenas, los beneficios que obtenga se calculan sobre esos 100 años, y no sólo sobre 30. Con esta doctrina en funcionamiento, no hubiera sido posible, por ejemplo, que De Juana Chaos, condenado a 3.000 años de cárcel, sólo cumpliera 18.
La referencia a la doctrina Parot aparece en las actas de Thierry en el capítulo de conclusiones tras los encuentros del Gobierno y ETA acaecidos entre junio y septiembre de 2006. En el resto de los papeles del jefe terrorista no aparecen referencias directas, pero sí indirectas. Así, tras la reunión entre la banda criminal y el Ejecutivo del 27 de octubre de 2006, Thierry se refiere a "beneficios penitenciarios" y cita varios casos concretos, como el de De Juana o el carcelero de Ortega Lara, pero no alude a la doctrina Parot.

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