martes, 9 de marzo de 2021

El juez revoca la semilibertad de Junqueras y otros seis presos del ‘procés’

 

El magistrado cree que el tercer grado es “prematuro” y advierte de que los líderes independentistas no han asumido sus delitos.


Desde la izquierda, Quim Forn, Carme Forcadell, Raül Romeva, Jordi Sànchez, Jordi Cuixart, Oriol Junqueras, Josep Rull, Jordi Turull y Dolors Bassa saludan durante un acto electoral, el pasado 29 de enero.KIKE RINCÓN / EUROPA PRESS


l juzgado de vigilancia penitencia ha revocado el tercer grado que la Generalitat concedió en enero a siete de los presos del procés: el exvicepresidente catalán Oriol Junqueras; los exconsejeros Jordi Turull, Josep Rull, Raül Romeva y Joaquim Forn; y los líderes de las entidades sociales ANC y Òmnium, Jordi Sànchez y Jordi Cuixart. Según han explicado ellos mismos en Twitter y han confirmado fuentes judiciales, el titular del juzgado de vigilancia penitenciaria número 5 de Cataluña ha estimado los recursos del ministerio público y ha tumbado el régimen de semilibertad a los siete presos de Lledoners, quienes a lo largo de este martes deberán regresar a la prisión para volver al segundo grado.

El Tribunal Supremo revocó, el pasado diciembre, un primer régimen de semilibertad concedido por la Generalitat, con el argumento de que la medida era prematura y que no había transcurrido el tiempo suficiente. El tribunal que enjuició a los líderes independentistas consideró que las condenas eran demasiado elevadas (entre 9 y 13 años de cárcel) como para acordar un régimen de tercer grado. Apenas un mes después, la Generalitat aprobó de nuevo el régimen de semilibertad para los presos del procés. La Fiscalía recurrió y pidió al juez de vigilancia suspenderlo de forma inmediata, antes incluso de entrar al fondo del asunto. El juez, sin embargo, rechazó esa posibilidad, aunque finalmente ha revocado la medida acordada por el Gobierno catalán recogiendo, en parte, los argumentos esgrimidos en su día por el Supremo.

Los autos del juez señalan que existe una “incompatibilidad” entre la progresión al tercer grado y las finalidades de la pena impuesta, especialmente en lo que tiene que ver con la “prevención” del delito. El magistrado remite a la resolución del Supremo que revocó la semilibertad de diciembre y coincide en que la decisión sigue siendo “precipitada” y “prematura”. También admite que la administración penitenciaria debe revisar cada seis meses la situación de los internos, pero recuerda que un tercer grado tan temprano “se traduce, de facto, en un modo de alterar la decisión condenatoria de la sentencia y su efectivo cumplimiento”.

La Generalitat, considera el juez, no ha explicado “adecuadamente la progresión experimentada por el interno” que le haga merecedor de un nuevo tercer grado. Siempre siguiendo el hilo argumental del Supremo, el magistrado añade que “tiene que transcurrir tiempo suficiente para que el tratamiento penitenciario produzca sus efectos, lo que se entiende que no ha ocurrido”.

El auto reprocha al Gobierno catalán que, frente a lo que ocurre en la mayoría de ocasiones, haya decidido el tercer grado sin que los presos del procés hayan “asumido el delito” cometido. “Llama poderosamente la atención”, dice el auto, que en el resto de casos esa asunción sea un factor clave y no ocurra así con los líderes independentistas encarcelados por los hechos ocurridos en otoño de 2017. “Conforme se infiere de los informes de la junta [de tratamiento] que soportan la resolución, todos los hechos aparecen contextualizados, minimizados o justificados”. La responsabilidad a la que aluden es solo “política” o “moral”, pero “no se atisba en ellos un mínimo de asunción de responsabilidad penal en el sentido de haber quebrado normas básicas de convivencia”.

En su recurso, la Fiscalía había subrayado la circunstancia de que la Generalitat haya concedido el tercer grado a la vez a todos los líderes independentistas. El juez recoge también ese argumento: “Es llamativo que el recorrido tratamental y regimental de los nueve condenados por el mismo procedimiento discurran administrativamente de forma tan paralela”.

EL PAIS

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