El Tribunal Supremo condena a Kiko Hernández, colaborador de Telecinco, por mentir e inventarse que padecía un CÁNCER de PÁNCREAS, de esto hace 12 años… Y, ¿Telecinco?…
Ya la Audiencia Provincial de Madrid había dado la razón a prnoticias.com, representado por el Despacho profesional Díaz-Aparicio, en sentencia dictada el pasado 29 de noviembre de 2018.
La citada sentencia, se producía como contestación a la demanda de protección de su honor, presentada por Francisco Hernández (Kiko), argumentando y suponiendo que habíamos cometido una vulneración de sus derechos al haberle acusado públicamente, y en un artículo de opinión, firmando por Antonio de la Española, de haberse inventado que padecía un CÁNCER de PÁNCREAS. Aquellos que hayan vivido esta enfermedad junto a un ser querido, saben que es de los cánceres más mortales que existen, y jugar con la sensibilidad de algo tan serio… Pero continuemos el relato de la gran mentira del colaborador, que hoy dice arrepentirse de todo, y por eso se ha montado una teletienda, en la que menosprecia a su compañera, llamándola poco agraciada (fea), y apuntando a su falta de clase, le dijo el marqués de Gran Hermano. Después de la sentencia en contra de sus pretensiones. El colaborador de Telecinco llevó el asunto ante el Tribunal Supremo, y no ha sido admitido el pertinente recurso de casación. Por lo que la sentencia dictada por la Audiencia es Firme, condenando a Kiko Hernández al pago de las costas. Y, dejando claro que MINTIÓ. Ahora es el momento de ver si su compañero de cadena evaRISTO lo saca en el programa populachero que dirige influenciado por los separatistas catalanes, como ya hemos contado, y demostrado en cientos de ocasiones, y por el que nos sentimos mimados y queridos.
Por concluir, los hechos quedan juzgados y probados por la nueva Sentencia del Tribunal Supremo, que indica a Hernández (‘el colchonero’), como le llaman en los pasillos de Mediaset, el camino para liquidar sus enfermedades inventadas y sus demostraciones de valentía. Pero, poco valor tendría el presente artículo en el que damos la bienvenida, como no podía ser de otra forma, a la sentencia del Supremo, y por su interés, reproducimos la opinión informativa que tanta fama ha dado al nombre de Antonio de la Española.
Por concluir, los hechos quedan juzgados y probados por la nueva Sentencia del Tribunal Supremo, que indica a Hernández (‘el colchonero’), como le llaman en los pasillos de Mediaset, el camino para liquidar sus enfermedades inventadas y sus demostraciones de valentía. Pero, poco valor tendría el presente artículo en el que damos la bienvenida, como no podía ser de otra forma, a la sentencia del Supremo, y por su interés, reproducimos la opinión informativa que tanta fama ha dado al nombre de Antonio de la Española.
Kiko Hernández: Un cáncer de inteligencia Noviembre 2, 2015 – 14:38Publicado en Antonio de La EspañolaTWITTER:Antonio de la Española califica a @Kiko_Hernandez como un tipo despojado de cualquier sentido ético
‘Nunca atribuyas a la maldad lo que puede ser explicado por la estupidez’. (Robert J. Hanlon).
Si hay algún faro que nos señale las deficiencias morales, intelectuales, educativas y culturales que reinan en nuestro país, no es otro que la recusación del buen gusto por antonomasia que es el vertedero Sálvame. Dentro de la estupidez generalizada que gobierna su plató, impera la imbecilidad de un elemento de conducta fiscal -es decir, no compasiva y cruel- cuyo único propósito es el de hacer daño. Kiko Hernández padece una animadversión enfermiza por su prójimo. De ahí ese empeño despiadado por descuartizar a sus víctimas con la ferocidad y las burlas que le hacen erigirse en el plató como la jefa de la manada de hienas. A tal fin emplea una oratoria desordenada plagada de reproches, de insultos y frases hechas, que acompaña con esos momentos de ira tan suyos cuyo único fin es la humillación de la persona a quien las dirige.
Hijo de una familia de las que no alcanzan ni para medio bautizo, nunca tuvo acceso a otra vida que no fuera la más terrestre y plebeya, hasta que fue impuesto en Gran Hermano por Manuel Villanueva (director de Contenidos de Mediaset en la actualidad) sin necesidad de pasar por el filtro de casting alguno. Allí comenzó otra existencia muy disímil a la de vivir en la modestia de tener que ir de puerta en puerta vendiendo enciclopedias, alquilar apartamentos, decorar la pared de su dormitorio con un poster de Aznar y aguantar las broncas de una mamá de bata de boatiné con la que compartía estrecheces y represiones. Una madre a la que hacía pasar por novia, mediante unas llamadas telefónicas que sus compañeros de trabajo acabaron por descubrir falsas.
Su paso por GH nos dejó el insólito episodio de la inauguración de ‘la hora sin cámaras’. Resultó épico el cabreo de su enamorada Patricia que abandonó la habitación dejándonos el mensaje subliminal que el enfado de su insatisfacción sexual la había provocado. Al galán no se le han vuelto a conocer otros amores en doce años desde aquel día. De ahí tanto cuchicheo y tanta sospecha y tanta curiosidad excitada de los seguidores de Sálvame, que aquí no vamos a desvelar. ¡Faltaría más!
Luego se arregló una dentadura cuyo estado denunciaba su abolengo y, siendo presa de un comprensible frenesí por el gasto y lo suntuoso llegó a plantar los 7 enanitos de Blancanieves en la entrada irrisoria de un adosado de lo más gañán. Está claro que el victimario de Tele 5 nos mostró una sensibilidad difícil de descifrar para el común de los mortales. Apuesto a que los enanitos debían estar cargados de simbolismo y misterio, porque otra explicación no cabe.
Difícilmente, si eliminamos la competencia de Mortadelo, podrá encontrarse un tipo tan despojado de cualquier sentido ético, ni tan miserable como este; una ruina humana que tiene la capacidad de inventarse el padecimiento de una enfermedad que posee un índice de supervivencia prácticamente nulo en personas de su edad. ‘El cáncer no me va a ganar’, sentenció mostrando un espíritu luchador a prueba de adversidades el día que consiguió conmover a una audiencia a la que anunció que padecía cáncer de páncreas. Y sin tratamiento alguno, con una frialdad mayor aun a la de su mirada miope, ha continuado saliendo cada tarde en la televisión durante siete años, hasta conseguir la indignación de la Asociación Contra el Cáncer.
A principios de mayo, además de reconocer una deuda con Hacienda de 200.000 euros, anunció que mediante el empleo de un vientre de alquiler esperaba un hijo cuyo sexo ya conocía, por lo que el embarazo contaba con más de doce semanas. De nuevo consiguió llegar a lo más hondo de las emociones de una audiencia que, por fuerza, no debe saber ni contar con los dedos. Por supuesto, nadie ha vuelto a tener ni reclamar noticias de una criatura que ya debería haber nacido hace un mes.
De lo que si hemos tenido noticia, a pesar del silencio de Tele 5, es de la sentencia que condena en firme al Himeneo de Sálvame, a seis meses de cárcel por apropiación indebida de 14.000 euros a un cliente de Popular House; inmobiliaria que tuvo la portentosa idea de crear en plena crisis del sector y detalle que nos lleva a una conclusión definitiva sobre su inteligencia.
Querellado y procesado por intromisión ilegítima en, al menos, cuatro casos: Ortega Cano, Liberto López de la Franca, Kiko Rivera y el yerno de Rosa Benito que no sé cómo se llama, ni falta que hace. El abismo está abierto ante sus pies, sólo falta un paso adelante para que se convierta en la demostración incuestionable del principio de Hanlon.
Antonio de La Española
El razonamiento de la Sala del Supremo, coincide con la defensa presentada por el Despacho Díaz-Aparicio, al reconocer en su sentencia lo siguiente: En este caso, para sustentar la supuesta vulneración de su honor e intimidad, el principal reproche que hace el Sr. Hernández consiste en que el artículo le acusó públicamente de inventarse una grave enfermedad (cáncer de páncreas) sobre la que aquel no había hablado ni dado permiso para que se hablara. De ahí que, desde la perspectiva de la tutela del honor, incida en casación en la falta de veracidad del artículo, por cuanto que su concurrencia sería un presupuesto legitimador de la libertad de información, y que, desde la perspectiva de su derecho a la intimidad, insista en la inexistencia de pautas de comportamiento que legitimaran la intromisión. Sin embargo, tal cuestionamiento del juicio de ponderación desvirtúa por completo la naturaleza del recurso de casación, pues, como señala la parte recurrida, obvia injustificadamente que la sentencia de primera instancia, confirmada en este punto por la de apelación, declaró probado (pág. 11), en virtud de prueba documental que obra en las actuaciones (doc. 5 del escrito de contestación a la demanda), que fue el propio recurrente el que dio públicamente a conocer su enfermedad (en el año 2006, casi una década antes de que se aludiera a ella en el artículo litigioso).
Y, continúa: en consecuencia, para alcanzar la conclusión a que llega el recurrente de que no fue conforme a Derecho el juicio de ponderación realizado por la Audiencia se debería partir necesariamente en este caso de unos hechos distintos de los declarados probados, lo cual no es posible en casación.
Y termina la sentencia… Desestimar el recurso de casación interpuesto por el demandante D. Francisco Hernández Ruiz contra la sentencia dictada el 29 de noviembre de 2018 por la sección 25.a de la Audiencia Provincial de Madrid en el recurso de apelación n.o 563/2017. Confirmando la sentencia recurrida, e imponiendo las costas del recurso a la parte recurrente.
Y termina la sentencia… Desestimar el recurso de casación interpuesto por el demandante D. Francisco Hernández Ruiz contra la sentencia dictada el 29 de noviembre de 2018 por la sección 25.a de la Audiencia Provincial de Madrid en el recurso de apelación n.o 563/2017. Confirmando la sentencia recurrida, e imponiendo las costas del recurso a la parte recurrente.
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