En el juicio del 1-O, la principal incertidumbre no es quiénes son los autores de los hechos presuntamente delictivos, sino su calificación jurídica. El rango de ofertas que ofrecen acusaciones y defensas va desde la obvia petición de absolución de las defensas a la acusación más dura (Fiscalía y acusación popular) de rebelión agravada con malversación. En medio, la posibilidad de condenar solo por sedición (Abogacía del Estado).
Sobre el papel, la condena más leve posible sería la de desobediencia grave a la autoridad judicial, en este caso a la orden del Tribunal Constitucional de suspender el referéndum. Esa opción dejaría las penas en un máximo de dos años de inhabilitación, tal y como sucedió con la consulta ilegal del 9-N.
Pero la batalla jurídica real será la de la existencia o no del delito de rebelión. No será un duelo estricto entre acusaciones y defensas, porque una de las acusaciones está alineada con la defensa: la Abogacía, brazo jurídico del Gobierno, sostiene que sólo hubo sedición, que conlleva penas altas pero muy inferiores a las de la rebelión.
Las diferencias entre ambas delitos son varias, pero en el caso del 1-O el quid será la concurrencia o no del elemento violento. "Son reos del delito de rebelión los que se alzaren violenta y públicamente...", dice el Código Penal.
La Fiscalía lo tiene claro: "[Los acusados] contemplaban la utilización de todos los medios que fueran precisos para alcanzar su objetivo, incluida la violencia necesaria para asegurar el resultado criminal pretendido", afirma el escrito de acusación del fiscal. Se valieron, añade, "de la fuerza intimidatoria que representaban, por una parte, la actuación tumultuaria desplegada con las grandes movilizaciones ciudadanas instigadas y promovidas por ellos, y por otra parte, el uso de los Mossos d'Esquadra [...] que, llegado el caso, podría proteger coactivamente sus objetivos criminales".
Más allá de la presencia armada de mossos, la acusación lista en su escrito episodios como el asedio a la sede de la Consejería de Economía, que acabó con el ataque a vehículos de la Guardia Civil y durante horas impidió salir del edificio a la comitiva judicial. También se exhibirán en el juicio los vídeos de ciudadanos impidiendo a las Fuerzas de Seguridad incautarse de las urnas e incluso expulsando a pedradas a los agentes.
Las defensas, evidentemente, niegan la violencia, más allá de algún disturbio aislado del que los acusados no serían responsables. "La violencia que 'salpica' (según palabras de la Fiscalía) dicho movimiento es una invención", afirma la defensa de Oriol Junqueras. Cuentan excepcionalmente con el apoyo de la Abogacía del Estado, que por omisión niega que hubiera rebelión. Veintitrés veces emplea la Fiscalía la palabra violencia y ninguna la Abogacía. A lo más que llega el escrito llevado por el Gobierno al Supremo es a hablar de "incidentes", "disturbios" o "tumultos".
En el juicio también está en juego otro delito, el de malversación. Su aplicación está ligada a la elección del delito principal. Si se condena por rebelión, esa malversación actúa como un agravante y sube sustancialmente las penas de la rebelión.
Si por contra se considera que el delito principal fue la sedición la malversación debe tenerse como un delito independiente, con su propia pena. Esa es la opción de la Abogacía, que además entiende que la malversación era solo un medio para cometer la sedición, lo que se traduce en una petición de pena más suave.
La Fiscalía se ha mantenido firme a lo largo de la instrucción en la tesis de la rebelión. Y ello a pesar de que sus querellas, que pusieron en marcha lo que ahora desemboca en un juicio, contemplaban que lo sucedido pudiera ser sedición.
La primera decisión del Supremo sobre el 1-O contemplaba una opción que permitía rebajar enormemente las penas por una eventual condena por rebelión: que estuviéramos ante una rebelión en grado de conspiración, es decir, que el delito no se habría llegado a cometer completamente. Pero de esas opciones más suaves no hay rastro y al inicio del juicio el juez Llarena ignoró la opción de la conspiración y la Fiscalía ya sólo contempla un delito consumado de rebelión
Los acusados y las penas solicitadas para ellos
- Número de años de prisión que piden:
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FFiscalía del Estado
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AAbogacía del Estado
- Delitos de los que se les acusa:
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Oriol Junqueras
Ex vicepresidente del Govern (ERC)
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Actualmente en prisión sin fianza
Joaquim Forn
Ex conseller de Interior (JxCat)
- F
- A
Actualmente en prisión sin fianza
Jordi Turull
Ex conseller de Presidencia (JxCat)
- F
- A
Actualmente en prisión sin fianza
Josep Rull
Ex conseller de Territorio (JxCat)
- F
- A
Actualmente en prisión sin fianza
Raül Romeva
Ex conseller de Exteriores (ERC)
- F
- A
Actualmente en prisión sin fianza
Dolors Bassa
Ex consellera de Trabajo (ERC)
- F
- A
Actualmente en prisión sin fianza
Carme Forcadell
Ex presidenta del Parlament (ERC)
- F
- A
Actualmente en prisión sin fianza
Jordi Sànchez
Ex presidente de la ANC (JxCat)
- F
- A
Actualmente en prisión sin fianza
Jordi Cuixart
Presidente de Òmnium Cultural
- F
- A
Actualmente en prisión sin fianza
Santi Vila
Ex conseller de Empresa (PDeCAT)
- F
- A
Actualmente en libertad con fianza
Meritxell Borràs
Ex consellera de Admón. (PDeCAT)
- F
- A
Actualmente en libertad con fianza
Carles Mundó
Ex conseller de Justicia (ERC)
- F
- A
Actualmente en libertad con fianza
NOTA: La Fiscalía solicita también penas adicionales de inhabilitación para todos los acusados y, en algunos casos, multas de entre 24.000 y 30.000 euros.
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