El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 7 de Barcelona ha sentenciado que la Universidad Autónoma de Barcelona (UAB) ha vulnerado los derechos fundamentales de los estudiantes de Joves de Societat Civil Catalana de la UAB (Joves SCC-UAB) y obliga al centro universitario a inscribir a esta agrupación en el directorio de colectivos del campus de Bellaterra.
La sentencia ratifica la medida cautelar adoptada por el mismo juzgado en abril. La magistrada ha condenado a la UAB al pago de las costas procesales porque la exclusión de Joves SCC-UAB del directorio de colectivos de la universidad vulnera los derechos fundamentales recogidos en la Constitución de no discriminación por razón de opinión (artículo 14), de libertad ideológica (artículo 16), de libertad de expresión (artículo 20.1.a) y del derecho a la educación (artículo 27). La UAB justificó la no inscripción del colectivo en el registro de entidades en que no cumplía los requisitos, ya que le faltaba el de respeto institucional, por comentarios en contra vertidos en redes sociales.
La sentencia, recogida por Europa Press, reproduce la postura de la Fiscalía, según la cual «resulta imposible no vincular la expulsión del directorio con el posicionamiento de Joves SCC-UAB contra las tesis independentistas y la actitud contemporizadora del consejo de gobierno de la universidad con ellas». El tribunal añade que, según la Fiscalía, la pretensión del rectorado de la UAB de condicionar la inclusión del colectivo en el directorio a que los estudiantes de Joves SCC-UAB rectificaran su política de comunicación debía ser calificada como «censura clamorosamente ilegal» al buscar en realidad que rectificaran opiniones y manifiestos incómodos. La asociación de estudiantes critica la inexistencia de comunicados de condena de la UAB ante las agresiones que han sufrido de separatistas radicales y de antifascistas, y reclama neutralidad institucional a los órganos de gobierno de la universidad. Desde Joves SCC-UAB consideran que esta condena «evidencia un hecho de extraordinaria gravedad, sin precedentes en las universidades españolas: la persecución ideológica que sufren los estudiantes constitucionalistas en la universidad catalana».
Carmen Lamela, la jueza que procesó a Trapero y del caso Alsasua, elegida para el SupremoLa jueza de la Audiencia Nacional Carmen Lamela ha sido designada como magistrada de la Sala Segunda (de lo Penal) del Tribunal Supremo. El pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha elegido a Lamela con 13 de los 21 votos en liza, procedentes de los vocales considerados conservadores. La actual titular del Juzgado Central de Instrucción número 3 fue la encargada de tramitar la querella de la Fiscalía contra el Gobierno de Carles Puigdemont: vio entonces un delito de sedición y no de rebelión, se inhibió ante el alto tribunal y procesó al que fue mayor de los Mossos d’Esquadra, Josep Lluís Trapero.
El CGPJ también ha elegido para la misma sala al presidente de la Audiencia de Madrid Eduardo de Porres y a la magistrada del Superior de Madrid Susana Polo.El pleno del Consejo ha cubierto así las tres vacantes de la Sala Segunda (de lo Penal) convocadas por el nombramiento de Cándido Conde-Pumpido como magistrado del Constitucional, el fallecimiento de José Manuel Maza y el nombramiento de Julián Sánchez Melgar como fiscal general del Estado, aunque este último se ha reincorporado al Supremo tras cesar como responsable de la Fiscalía.
Lamela fue la primera jueza que se encargó del caso del procés antes de que pasara al Supremo y, a diferencia de Pablo Llarena, consideró que los hechos fueron constitutivos de un delito de sedición, no de rebelión. Y fue quien dictó las primeras órdenes de prisión contra los Jordis, Oriol Junqueras y varios exconsejeros. También procesó por terrorismo a los agresores de los guardias civiles y sus parejas en Alsasua (Navarra) y mantiene en prisión preventiva al expresidente del FC Barcelona Sandro Rosell por blanqueo y organización criminal.
La jefa de contabilidad del «Parlament» retira el sueldo a los cinco diputados suspendidos y a PuigdemontEl expresidente catalán Carles Puigdemont y los cinco diputados presos suspendidos dejaron de cobrar el sueldo como parlamentarios el pasado día 13, tras la notificación del auto del juez del Supremo Pablo Llarena. Así lo desveló ayer la consejera y portavoz del Gobierno catalán Elsa Artadi.Artadi ha detallado que tienen «constancia» de que la responsable de la contabilidad de la Cámara ha adoptado esa decisión desde el día que llegó la notificación del auto del juez por el que se suspendía a Carles Puigdemont y a los presos Oriol Junqueras, Josep Rull, Jordi Turull, Jordi Sànchez y Raül Romeva. Pese a todo, a juicio de Artadi, «eso no quiere decir que estén suspendidos», sino solo que «se les ha dejado de pagar». Tras el choque entre JxCat y ERC por la aplicación de la suspensión de los diputados que llevó a desconvocar el pleno de la semana pasada, la Cámara no volverá a celebrar otro hasta octubre.
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