'Kichi' dice que no consentirá un acto contrario a la ideología de género
La libertad de expresión según Podemos: quiere prohibir un acto porque contradice su ideología
Un año después de pedir que se legalizase la apología del terrorismo por considerarla “libertad de expresión”, Podemos agita otra vez su mordaza contra los que contradicen sus tesis ideológicas.
Un acto para denunciar los intentos de censurar la libertad de opinión
Este jueves se anunciaba la convocatoria del segundo “Encuentro Familia, Vida y Libertad” que organiza la asociación HazteOir.org. El evento tendrá lugar a las 19:30 en San Fernando (Cádiz) el próximo jueves 3 de mayo, y contará con la participación de Pedro Mejías (delegado de HO en Cádiz), la profesora Alicia Rubio, Francisco José Contreras (Catedrático de Filosofía del Derecho de la Universidad de Sevilla) y Teresa García-Noblejas, Licenciada en Geografía e Historia y responsable de prensa de HO. Además, ese mediodía, a las 12:30, se leerá en la Plaza de España de Cádiz la “Declaración de Madrid por la comprensión, el respeto y la libertad”, un texto que denuncia que en aras de la ideología de género “censuran la libertad de opinión y el debate científico”.
Kichi quiere censurar el acto usando una ordenanza que no se ha leído
Un acto así entra dentro del legítimo debate de ideas propio de un país democrático, pero algunos totalitarios no admiten que nadie contradiga sus ideas. Anteayer, José María González “Kichi”, el alcalde podemita de Cádiz, tachó el evento de “transfóbico” y anunció que no lo va a consentir, alegando que la Ordenanza Municipal de Publicidad y Uso de la Vía Pública “impide los actos que atenten contra los derechos de las personas, como por ejemplo este caso”. Para empezar, ningún alcalde puede prohibir un acto simplemente porque no le gusten las opiniones de sus organizadores: esto no es una dictadura. Pero además, el alcalde de Cádiz parece no haber leído el texto al que hace referencia, porque la citada ordenaza (ver PDF) no dice lo que afirma Kichi por ninguna parte. De hecho, y como señala el Artículo 1 de dicha ordenanza, ésta sirve para “regular la instalación de elementos de publicidad, información y señalización en las fachadas de los edificios, en la vía pública y en cualquier otro lugar visible desde el espacio público”, y no para prohibir el ejercicio del derecho de reunión. Estaría bien que el alcalde conociese las normas que aplica.
El alcalde no puede prohibir un acto público por motivos de opinión
Kichi parece olvidar que esto es España, no Venezuela ni Irán, y aquí un alcalde no tiene competencias para prohibir un acto por motivos de opinión. El único que puede prohibirlo es un juez, si considera que el acto en cuestión puede incurrir en un delito conforme a lo indicado en el Artículo 513 del Código Penal. La Constitución Española ampara el derecho de reunión en su Artículo 21, señalando que no precisa de autorización previa. Sobre las reuniones públicas, además, ese artículo señala que la autoridad “sólo podrá prohibirlas cuando existan razones fundadas de alteración del orden público, con peligro para personas o bienes”, y no cuando a un político le disgusten las ideas que se van a expresar en esas reuniones. Por otra parte, esa prohibición sólo la pueden dictar las Delegaciones o Subdelegaciones del Gobierno, no un alcalde, por muy déspota que sea y por mucho que desprecie los derechos ajenos. La única competencia que tiene un Ayuntamiento es la de prohibir la reunión si supone, por ejemplo, un grave peligro para el tráfico, pero se da la circunstancia de que el citado acto tendrá lugar en la Plaza de España de Cádiz, ante el Monumento a la Constitución de 1812, que es una zona peatonal compuesta de jardines.
Kichi se salta tres derechos constitucionales y podría ser acusado de un delito
Por otra parte, hay que recordar que la Constitución en su Artículo 20 ampara el derecho a “expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción”. Nuestra Carta Magna no dice por ninguna parte que esté prohibido discrepar de la ideología de género ni de ninguna otra de las patrañas que defiende Podemos. Repito: esto es España, no Irán ni Venezuela, por mucho que los dirigentes de Podemos se crean con poder y autoridad para censurar todo aquello que no les gusta. De hecho, con su anuncio de anteayer, el que podría y debería ser denunciado es Kichi, no sólo por pasarse por el arco del triunfo los derechos amparados por los dos artículos citados, sino también porque en su Artículo 14 la Constitución prohíbe, además, que los ciudadanos puedan ser discriminados por motivos de opinión, que es exactamente lo que está haciendo el alcalde podemita con los organizadores del citado evento, simplemente porque sostienen opiniones que son opuestas a las de Podemos. Además, sería aconsejable que el alcalde se leyese el Artículo 404 del Código Penal:
“A la autoridad o funcionario público que, a sabiendas de su injusticia, dictare una resolución arbitraria en un asunto administrativo se le castigará con la pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público y para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo por tiempo de nueve a quince años.”
Lo digo, más que nada, por si se le ocurre enviar a la Policía local para impedir el ejercicio de un derecho en los términos que él mismo ha expuesto. Pero seguro que los abogados de la asociación organizadora del acto ya lo han previsto y estarán encantados de ponerle una querella al alcalde si cumple con su amenaza de intentar impedirlo por motivos ideológicos.
Lo que debe saber Kichi si su partido envía a matones a reventar el acto
Dicho sea de paso, le recuerdo al señor alcalde de Cádiz lo que señala el Artículo 3.2 de la Ley Orgánica 9/1983, de 15 de julio, reguladora del derecho de reunión:
“La autoridad gubernativa protegerá las reuniones y manifestaciones frente a quienes trataren de impedir, perturbar o menoscabar el lícito ejercicio de este derecho.“
Téngalo en cuenta el señor Kichi por si su partido tiene intención de enviar a matones a reventar el citado acto, como ha hecho en otros lugares de España contra quienes han tratado de exponer opiniones contrarias a la citada ideología de género.