jueves, 4 de junio de 2015

PSOE 1934. Golpe de Estado contra la II Republica.

 

Si queridos amigos… democratas de toda la vida..

En 1934, con el sistema democrático implantado en España bajo el régimen republicano votado por la mayoría de los españoles, el PSOE que no formaba parte del Gobierno porque así lo quisieron los ciudadanos con sus votos, no se conformó al verse desplazado de los lugares claves desde los que podían hacerse con las arcas públicas y los fondos del Estado.
Para conseguirlo no dudaron en organizar un golpe de estado contra la República y la democracia con el fin de instaurar una dictadura proletaria como la de los soviets en Rusia y hundir al pueblo español en una negra tiranía similar a la que millones de personas sufrieron en la Unión Soviética.
De esta manera, antes de que se iniciara la criminal sublevación socialista que tanta sangre costó, el PSOE emitió unas instrucciones de 73 puntos en las que se planificaban detalladamente las directrices a seguir, no dudando en ordenar el asesinato de quienes intentaran evitarlo e incluso matar a mujeres y niños si llegaba el caso, como se refleja perfectamente en la instrucción nº 49 en la que se dice:
“Las casas cuarteles de la Guardia Civil deben incendiarse si previamente no se entregan. Son depósitos que convienen suprimir”.
Estas instrucciones fueron fielmente seguidas por los asesinos que secundaron en el golpe de estado al PSOE tanto en aquellos trágicos días de octubre del año 1934 como dos años después en el que, tras las fraudulentas elecciones de febrero de 1936, reventadas por las izquierdas del Frente Popular cuyos resultados jamas se publicaron, y una vez alzados los militares contra el revolucionario, criminal y bolchevique Gobierno del Frente Popular, a través de otro golpe de estado, más de cincuenta mil personas fueron torturadas, quemadas vivas o asesinadas en una brutal represión, mientras que los actuales herederos de aquella ideología no han pedido aún disculpas por la sangre que derramaron sus antecesores.
¿Desde qué año empieza a contarse la Memoria Histórica?
Fue el mismo Francisco Largo Caballero, secretario general del PSOE, conocido como el lenin Español, cerebro y principal instigador del golpe de estado y causante de la ola de sangrientos crímenes que se cometieron, quien reflejó estas instrucciones en un libro titulado ESCRITOS DE LA REPUBLICA. Notas históricas de la guerra de España. Edición, estudio preliminar y notas de Santos Juliá, Pablo Iglesias, Madrid, 1985.

PARTIDO SOCIALISTA OBRERO ESPAÑOL

INSTRUCCIONES SOCIALISTAS PARA INICIAR LA SUBLEVACIÓN ARMADA CONTRA LA REPÚBLICA.
INSTRUCCIONES PRELIMINARES
«1º. Se prohíbe en absoluto sacar copias de estas instrucciones y se hace responsable de la custodia y reserva de las mismas a la persona a quien se le entreguen.
«2º. La Junta de provincia se encargará de constituir juntas locales en cada uno de los pueblos, a cuyo efecto se pondrá en relación con la persona de más confianza que pueda encargarse de formar la Junta local encargada de organizar todos los trabajos de relacionarse con la provincial.
«3º. El número de miembros de estas juntas será de tres, solamente ampliable en caso de absoluta necesidad.
«4º. Las juntas provinciales residirán en la localidad de la provincia que se crea más conveniente para el desempeño de su misión y serán las únicas que mantengan relación con la Junta Central.
«5º. Las juntas provinciales se hallan investidas de autoridad plena sobre toda la provincia, y las juntas locales sobre todos los individuos de la localidad.
«6º. Debe evitarse, en todo lo posible, poner en circulación instrucciones u órdenes escritas, y cuando sea indispensable usar este medio, utilizar claves o lenguaje convencional.
«7º. Los miembros de la Junta están obligados a guardar la más rigurosa reserva. No hablarán de los propósitos, instrucciones, y órdenes, sino lo absolutamente indispensable, y esto, solamente con las personas con quienes tengan que mantener relación para los fines que se persiguen. Ninguna confianza con nadie más.
«8º. Las juntas provinciales no deberán atender otros avisos e instrucciones que las que reciban de la Junta Central, ni acatar otras órdenes que las de ésta, sin excepción alguna. Las juntas locales, las que reciban de las provinciales.
«9º. Ningún rumor, noticia, hecho, ni circunstancia, puede justificar la declaración del movimiento en un pueblo o provincia sin haber recibido la orden precisa de las juntas exclusivamente facultadas para ello. El faltar a esta instrucción puede acarrear graves daños al movimiento general.
«10º. Todas las juntas deben vigilar que la organización se haga con toda escrupulosidad, y que se observe una rígida disciplina, base esencial del éxito.
«11º Donde no existan personas de absoluta confianza, las juntas deberán abstenerse de constituir grupos o dar instrucciones.
«12º. Conviene tener dentro de las organizaciones enemigas personas de confianza que nos faciliten información fiel de sus planes y medios.
«13º. Las juntas de provincia tendrán convenidas con las de los pueblos contraseñas especiales, no sólo para cursar las órdenes relativas al movimiento, sino para garantizarse la visita de los delegados y para evitar que una orden falsa pueda provocar un movimiento a destiempo.
«14º. Conviene estar prevenidos contra las noticias falsas que el Gobierno o los enemigos de todas clases puedan esparcir por medio de la prenso o de la radio, tales como “el movimiento está dominado”, “sus directores detenidos”, etc., etc. Cada pueblo debe hacerse a la idea de que tiene que ser un firme sostén de la insurrección, sin ocuparse de lo que ocurra en otros lugares. La debilidad ajena no justifica la propia. El triunfo del movimiento descansará en la extensión que alcance y en la violencia con que se produzca, más el tesón con que se defienda.
«15º. Los grupos de acción han de convertirse en guerrillas dispuestas a desarrollar la máxima potencia. En esta acción nos lo jugamos todo y debemos hallarnos dispuestos a vencer o morir. Una vez empezada la insurrección no es posible retroceder.
INSTRUCCIONES GENERALES.
«16º. Corresponde a las juntas provinciales:
«a) Asumir la organización y dirección de todo el movimiento en la respectiva provincia.
«b) Mantener relación con la Junta Central y las locales.
«c) Constituir una Junta Local en cada pueblo, con arreglo a la instrucción número 2.
«d) Organizar las fuerzas de la capital.
«e) Velar por la observancia y cumplimiento de las instrucciones y órdenes que reciba y transmita.
«f) Relación con entidades.
«17º. Informarse de las que se hallan decididamente dispuestas a secundar un movimiento revolucionario, y contando con su concurso, adoptar todas las previsiones para que una vez declarado pueda mantenerse indefinidamente; sobre todo en lo que concierne a los servicios más importantes e indispensables.
«18º. Con los individuos más decididos y de mayor confianza dispuestos a ejecutar sin discusión las órdenes que se den, se formarán grupos de diez, dos de los cuales serán designados como jefe y subjefe. Estos grupos deberán estar armados y sus jefes les instruirán en ejercicios de tiro y en táctica militar.
«19º. La potencia revolucionaria de las fuerzas habrá de valorarse convenientemente para dividirlas en dos clases. Hombres capaces de batirse y de ejecutar órdenes. Hombres dispuestos a cooperar en otros servicios. Con los primeros se constituirán las milicias en grupo de diez. Con los segundos pueden cubrirse servicios de poco riesgo.

«20º. Deben constituirse grupos técnicos de los servicios de Gas, Electricidad, Alcantarillado, Teléfonos, Telégrafos, etc., etc., capaces de formalizar y llevar a cabo planes para, en caso necesario, suprimir estos servicios en la población en forma de que no puedan ser fácilmente reanudados por otros.
«21º. El movimiento debe afectar a todos los servicios, pero principalmente a los de vital importancia (alimentación, transportes, agua, gas, etc.), y los grupos de acción cuidarán de anular a los que se presten a evitarlo.
«22º. Cualesquiera que sean las circunstancia de una población y por débil que sea la fuerza organizada, el movimiento debe ser lo más extenso posible. Los grupos técnicos con los acción cuidarán de lograr por todos los medios la paralización de industrias y servicios y dominar en la calle.
«23º. Las relaciones con los demás sectores afines serán cordiales sin el menor confucionismo; sin facilitarles datos concretos de nuestra organización y nuestros planes, procurando que ellos hagan su organización propia, y comprometiéndose a respetar la dirección del movimiento que siempre debe ser nuestra.
«24º. Todos los grupos que se formen, por medio de sus jefes, estarán bajo el mando de la Junta local y provincial.
«25º. Debe ponerse interés en organizar servicios sanitarios para atender rápidamente a los que puedan caer heridos en la lucha. Las mujeres, en el momento oportuno pueden prestar a este servicio un concurso valioso.
Fuerza pública al servicio del Estado.
«26º. Precisa conocer la fuerza pública que exista en cada localidad. Militares, Guardia Civil, Asalto, Seguridad, etc., etc. Armamento de que disponen. Condiciones defensivas de sus cuarteles, medios de apoderarse de ellas, inutilizarlas o, por lo menos, inmovilizarlas.
«27º. Con el mayor cuidado debe conocerse la manera de pensar de jefes, oficiales, y clases, procurando establecer relaciones con algunos que merezcan plena confianza, y recomendarles que, independientemente de nosotros, formen ellos su Junta.
«28º. Nuestros jóvenes no deben perder el contacto, discretamente, con los amigos que se hallen en filas.
«29º. En cada provincia debe conocerse con la mayor exactitud el número de jefes, oficiales y clases de la guarnición con sus nombres, domicilios, y significación para actuar en cada caso como las conveniencias aconsejen.
«30º. También deben conocerse los depósitos de armas y polvorines y los medios de apoderarse de ellos o, en otro caso, inutilizarlos.
«31º. Los elementos auxiliares de confianza que haya dentro de los cuarteles deben facilitar con exquisita discreción toda la información que les sea posible respecto a órdenes, preparativos, estado y disposición de la fuerza, medios por los cuales puede hacerse la incautación de las armas o su inutilización en caso contrario; modo de impedir la salida de las fuerzas de los cuarteles y cuanto sirva a contrarrestar estos elementos.
«32º. Cuanto haya inteligencia entre las fuerzas militares y la Junta local, se formalizará el plan de acción combinada de ambas fuerzas, para lo cual deberán celebrar reuniones que no sean numerosas. Bastará con que se reúna un individuo de cada parte.
«33º. Triunfante el movimiento, las fuerzas militares adictas tendrán una representación oficial en la Junta local.
Grupos de acción.
«34º. Los grupos de acción se formarán con arreglo a la instrucción número 18, bajo las órdenes del respectivo organismo directivo local al que obedecerán sin discusión.
«35º. Además de instruirse convenientemente para el momento de la acción, se encargarán de facilitar a la Junta local los nombres y domicilios de las personas que más se han significado como enemigos de nuestra causa, o que puedan ser más temibles como elemento contrarrevolucionario. Estas personas deben ser tomadas en rehenes al producirse el movimiento, o suprimidas si se resisten.
«36º. En el momento de la acción, cada grupo tendrá señalado de antemano el lugar donde debe actuar y a donde debe trasladarse después de concluida su primera misión. Estas instrucciones se las darán sus jefes oportunamente. Las juntas cuidarán escrupulosamente de no dar órdenes contradictorias a los jefes de grupo para que todos los movimientos se produzcan ordenadamente, sin barullo, y sin confucionismos.
«37º. Deben determinarse los edificios y calles que conviene ocupar para mejor resistir los ataques de la fuerza, o para evitar que los elementos enemigos escapen.
«38º. Fórmese una relación de los automóviles y demás medios de transportes que haya en la población, lugares en donde se encierran y lista de los individuos que pueden conducir en caso necesario.
«39º. Conocer los depósitos de gasolina, dinamita y armas, y planear el medio de apoderarse de ellos en el momento preciso. Previamente debe adquirirse y guardar en lugar seguro dinamita. Cada individuo puede tener en su casa sin compromiso para uso doméstico [sic] un bidón de gasolina.
«40º. La gasolina y dinamita empleada inteligentemente pueden servir para desmoralizar al enemigo con incendios y petardos.
«41º. Hay que dificultar con gran rapidez los movimientos de adversario cortando líneas de ferrocarril, inutilizando puentes, interceptando carreteras, todo ello respondiendo a un plan bien meditado por los elementos previamente designados y que imposibilite que la fuerza pueda acudir a todas partes.
«42º. En principio, se llamará la atención de la fuerza pública, donde así convenga, con incendios, petardos u otros medios, para que se vea obligada a acudir donde se produzcan. Estos momentos se aprovecharán para cortar las líneas de comunicación, o inutilizar aparatos, etc., y asaltar centros oficiales y políticos. En éstos, incautarse de ficheros y archivos.
«43º. Rápidamente apoderarse de las autoridades y personas de más importancia, y guardarlas en rehenes.
«44º. Preferentemente hay que inutilizar la fuerza pública de los pueblos desarmándola totalmente, aunque prometa permanecer neutrales.
«45º. Se tomarán las salidas del pueblo. Se requisarán automóviles y otros medios de locomoción. Se incautarán de los depósitos de gasolina y, grupos armados, recorrerán las casas de los enemigos para apoderarse de las armas que tuvieren y armar con ellas a los amigos que no las tengan.
«46º. Apoderarse, lo antes posible, de los establecimientos donde se vendan armas, municiones y explosivos.
«47º. Los bancos y archivos se vigilarán estrechamente. Se impedirá, por todos los medios, que en las iglesias se toque a rebato.
«48º. Haciendo una buena distribución de fuerzas por toda la población deberá hacerse una guerra de guerrillas. Nunca deben presentarse grandes masas frente a la fuerza pública, procurando así que toda sea distribuida y hostilizándola sin cesar hasta rendirla por agotamiento. Atacar siempre, que sea posible, desde lugares seguros.
«49º. Las casas cuarteles de la Guardia Civil deben incendiarse si previamente no se entregan. Son depósitos que convienen suprimir.
«50º. Caso de que por cualquier motivo se produzcan bajas en las juntas provinciales o locales, serán cubiertas nombrándolos los jefes de grupo en los pueblos y los organismos provinciales en las capitales.
«51º. Si fuerzas superiores del Gobierno intentasen reconquistar un pueblo, y éste no ofreciese condiciones de resistencia, los revolucionarios lo abandonarán llevándose los rehenes y buscarán en el campo o la montaña el lugar más favorable para defenderse e intimidar al enemigo.
«52º. Los grupos deben estar numerados en cada localidad; o sea: Grupo número 1, Grupo número 2, etc., y se les distinguirá de este modo a todos los efectos.
«53º. Triunfante el movimiento en un pueblo, se adoptarán las medidas necesarias para asegurar su dominio estableciendo vigilancia armada y asegurando bien los servicios y la defensa y, si sobrase elemento armado, se acudirá en auxilio de los pueblos próximos donde aún no se hubiese triunfado.
«54º. Cuando una ciudad caiga en manos de los revolucionarios, nada debe justificar su abandono. Aunque la lucha se prolongue no debe desmayarse. Cada día que pase aumentará el número de rebeldes. En cambio, la moral del enemigo irá decayendo. Nadie espere triunfar en un día en un movimiento que tiene todos los caracteres de una guerra civil. En este movimiento, el tiempo es el mejor auxiliar.
Medios.
«55º. Procurarse armas hasta donde sea posible. La Junta Central, por medio de las provinciales, facilitará las informaciones que posea.
«56º. Para dificultar los movimientos de la fuerza, pueden cerrarse bocacalles con alambre de espino y otros medios y, al mismo tiempo regar todo el ancho de la calle con gasolina dándole fuego y desde puntos o casas inmediatas atacar a la fuerza cuando trate de quitar estos obstáculos.
«57º. Levantar barricadas entre las cuales se oculten aparatos explosivos conectados con la corriente eléctrica o sustituida ésta por pilas y cuando la fuerza llega a la barricada hacerlos explotar formando un corto circuito desde una casa o lugar próximo, y aprovechar la sorpresa para atacar a la fuerza que queda y coger sus armas.
«58º. Acumular carros, coches o camionetas a la salida de los cuarteles o en las calles en que sea obligado el tránsito de la fuerza y atacarla desde lugares seguros y por distintos flancos.
«59º. Lanzar botellas de líquidos inflamables a los centros o domicilios de las gentes enemigas.
«60º. Cortar las comunicaciones en forma de difícil arreglo por parte de las fuerzas enemigas.
«61º. Volar puentes. Cortar carreteras. Líneas de ferrocarril. Imposibilitar el traslado de fuerzas para concentrarlas.
«62º. Estropear los neumáticos y de los motores de aquellos vehículos que no puedan ser utilizados por nuestras fuerzas.
«63º. Donde haya estación de emisora de radio, si no puede incautarse, incendiarla o volarla. Si no hay adentro personal adicto, inutilizarla.
«64º. Imposibilitar que los jefes de las fuerzas que no vivan en los cuarteles puedan incorporarse a sus puestos, deteniéndolos a la salida de sus domicilios, y atacándolos si se resisten.
«65º. Donde sea posible, utilizar uniformes del ejército, incluso de oficiales, para dar la impresión de insubordinación militar.
«66º. No gastar inútilmente las energías ni los medios de ataque.
«67º. Tomar y mantener la ofensiva es siempre infinitamente más eficaz que quedarse a la defensiva. Se domina mejor al enemigo, pero debe evitarse cometer imprudencias que pueda aprovechar el adversario.

Después del triunfo en la lucha.
«68º. Triunfante el movimiento revolucionario, lo primero que debe asegurarse es el dominio absoluto de la población, perfeccionando las milicias armadas, ocupando los sitios estratégicos, desarmando totalmente a las fuerzas contrarias y ocupando los edificios públicos.
«69º. Se restablecerán rápidamente las comunicaciones y se dará cuenta a la Junta de la capital y ésta a la Central de la situación.
«70º. Se procederá a la incautación de los víveres, o bien se controlará al comercio para que éste los facilite al vecindario, evitando enérgicamente todo abuso.
«71º. Siguiendo las instrucciones y órdenes de la Junta local se nombrará una Junta administrativa y de defensa del pueblo cuyas órdenes se acatarán sin discusión y, si fueren abusivas, se acatarán también, pero denunciándolas inmediatamente a la Junta provincial que deberá proceder rápidamente a enviar a un delegado suyo con plenos poderes cuyas resoluciones se acatarán.
«72º. Los bienes de la gente pudiente servirán para garantizar las necesidades del vecindario hasta que se dicten medidas por el Poder Central. Nadie debe quedarse sin comer en tanto haya en el pueblo recursos para proporcionarlo.
«73º. Durante el movimiento revolucionario toda la energía y todos los medios serán pocos para asegurar el triunfo. Una vez que éste se haya logrado, debe ponerse la misma energía para evitar crueldades innecesarias ni daños, sobre todo en cosas que puedan ser luego útiles o necesarias para los fines de la revolución».

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