Mantiene la sanción a los que votaron contra la fusión y dice que el sacerdocio no es "eximente"
Francisco J. Orozco, Joaquín A. Nieva, Fernando Cruz-Conde, Santiago Gómez, Alfredo Montes yManuel Pérez Moya, en foto de archivo.
Juan Moreno, presidente y canónigo (julio 2005-enero 2007). 1 cargo. 50.000 euros.
Alfredo Montes, vocal (jul. 2005-mayo 2010). 4 cargos. 137.000 euros.
Francisco J. Orozco, vocal (mayo 2008-mayo 2010). 4 cargos. 98.000 euros.
Joaquín Alberto Nieva, vocal (mayo 2008-2010). 4 cargos. 92.000 euros.
Manuel Pérez Moya, vocal (enero 2007-mayo 2010). 4 cargos. 107.000 euros.
Mario Iceta (jul 2005-abril 2008), actual obispo de Bilbao. 1 cargo. 30.000.
Juan Arias, vocal (abril 1981-nov. 2008). 1 cargo. 48.000 euros.
IMPOSITORES
Gerardo Muñoz (nov. 2008-2010). 4 cargos. 90.000.
Julio T. Díaz de la Cuesta, vocal (nov 2005-mayo 2010). 4 cargos. 135.000 euros.
Carmen Domínguez de la Concha, vocal (agosto 2007-mayo 2010). 4 cargos. 107.000 euros.
Amalia Fernández, vocal (nov.2005-mayo 2010). 4 cargos. 131.000 euros.
Manuel J. Aguilera (julio 2003-nov. 2005). 1 cargo. 20.000 euros
Francisco Martínez Saco, impositores, (julio 2003-junio 2008). 1 cargo. 49.000 euros.
Emilio López Monsalvete impositores (jul. 2003-agosto 2007). 1 cargo. 41.000 euros.
PERSONAL
José Leiva (Aspromonte), vocal (nov.2005-2010). 4 cargos. 136.000 euros.
Francisco J. Orozco, Joaquín A. Nieva, Fernando Cruz-Conde, Santiago Gómez, Alfredo Montes yManuel Pérez Moya, en foto de archivo.
El expresidente de Cajasur que rechazó la fusión con Unicaja, Santiago Gómez Sierra, hoy obispo auxiliar de Sevilla, ha visto confirmada por la Audiencia Nacional la multa millonaria de 180.000 euros que le impuso el supervisor financiero tras la intervención de la extinta caja cordobesa, y en igual circunstancia se ven otros 15 consejeros: expatronos del Cabildo --incluido otro expresidente, Juan Moreno--, antiguos impositores y un representante del personal. Todos ellos presentaron un recurso conjunto contra el expediente sancionador, desestimado el pasado 12 de junio por la sección sexta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo y comunicado esta semana a las partes.
La Audiencia Nacional ha mantenido el criterio desestimatorio aplicado ya a las cuatro anteriores sentencias referidas a las sanciones impuestas a 38 consejeros y exdirectores generales que formaron parte de los consejos de administración de Cajasur entre julio del 2005 y mayo del 2010. El expediente lo incoó el Banco de España --y lo confirmó el ministro de Economía en enero del 2012-- después de que el consejo de administración de la extinta caja de ahorros cordobesa rechazara la fusión con Unicaja el 21 de mayo del 2010, lo que conllevó su inmediata intervención por el Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB). Cuando están a punto de cumplirse los tres años desde que Cajasur fuese subastada y adquirida por la caja vasca BBK (hoy es Cajasur Banco, del Grupo Kutxabank), el proceso judicial se acelera, y lo más probable es que quede resuelto en su totalidad antes del mes de agosto.
La sentencia es, en la práctica, firme, dado que las sanciones son inferiores a 600.000 euros, lo que complicaría la justificación de un recurso ante el Tribunal Supremo, que no se presentará. La ponente, Mercedes Pedraz, sigue la misma línea de los anteriores fallos, aunque se extiende algo más y da respuesta a todas y cada una de las alegaciones que presentan los recurrentes. No en vano este grupo de 16 exconsejeros de Cajasur es el que incluye a 8 de los 9 que el 21 de mayo votaron en contra de la fusión con Unicaja y, por tanto, tiene las sanciones más altas de las impuestas por el Banco de España. Como puede verse junto a estas líneas, todos los que estuvieron en el último consejo y se decantaron por que Cajasur fuera intervenida tienen sanciones superiores a los 90.000 euros, tanto los expatronos de la entidad fundadora, el Cabildo Catedral, como los impositores y el representante del personal, ya que se les atribuyen 4 infracciones, mientras la máxima sanción del grupo de los que votaron a favor de la fusión con Unicaja es de 78.000, puesto que se les atribuyen solo dos.
Las infracciones por las que son sancionados, ya conocidas, se refieren a deficiencias en la organización y mecanismos de control interno que ponen en peligro la solvencia o viabilidad de la entidad; incumplimiento de las políticas exigidas por el Banco de España (BdE), es decir, la fusión; incurrir en insuficiencia de recursos propios mínimos (21 millones de euros en mayo del 2010, cuando el mínimo exigible era de 946 millones) y, finalmente, incumplir las normas de límite de riesgo en operaciones de préstamo.
En las alegaciones, los recurrentes argumentan diferencias entre su litigio y el de otros responsables de cajas de ahorros. También se quejan de que no se incoa expediente cuando la situación es grave (2004, cuando estaba en la presidencia Miguel Castillejo) y si "cuando los defectos han sido corregidos", lo que achacan a negligencia y falta de vigilancia del BdE. Añaden que no conocían los hechos, y sí actuaron frente a los que conocían, y traen a colación que se impidió, desde la Administración autonómica, la fusión con Caja Murcia, imponiendo la fusión con Unicaja, que --opinan-- no puso una auténtica voluntad de llevarla a buen término. También consideran que hay arbitrariedad en la sanción, que en las propias sanciones hay "discriminación", al ser "tremendamente desiguales y que se imponen las citadas multas atendiendo al resultado y sin tener en cuenta la "conducta diligente" demostrada para intentar solventar una situación que venía de atrás.
EL SACERDOCIO NO EXIME // A algunas cuestiones, como las de carácter político (fusiones de cajas), religioso o de hechos anteriores el abogado del Estado no presenta argumentación por considerar que carecen de "relevancia jurídica" o "no guardan relación" con la materia en debate. Como se aducía la creación de Cajasur como entidad de la Iglesia, distinta en origen y fines a otras cajas, la magistrada lanza el mensaje de que el hecho de que Gómez Sierra y el resto de los patronos de la entidad fundadora de Cajasur "sean sacerdotes no constituye una circunstancia eximente de la responsabilidad que adquirieron cuando aceptaron hacerse cargo de los puestos respectivamente ocupados en Cajasur". Y les recuerda que "conocían los hechos en su condición de administradores".
NO VALE HABLAR DEL 2004 // Sobre el argumento de que la caja tomó en el año 2004 las decisiones que la empujaron a su final, la ponente utiliza el mismo argumento que ya utilizó cuando desestimó en mayo el recurso de los 12 consejeros institucionales de la caja: se enjuicia la legalidad de un concreto acto administrativo, la sala no puede enjuiciar hechos anteriores, y añade que "la situación, lejos de mejorar, no hizo sino empeorar. Más adelante dirá que "después de 2004 (el consejo) no solo no puso en práctica políticas de contención del perfil de riesgo, sino que profundizó e incrementó su política de riesgos". Y va más lejos recordando que en el año 2006 hubo una sanción a los gestores de la caja por infracciones graves, y sentencias de la misma sala que la confirmaron, con lo que resalta la "continua vigilancia del Banco de España" y rechaza los argumentos de "culpa in vigilando".
También responde la juez en los mismo términos que en fallos anteriores al señalar que se debe exigir responsabilidad a los administradores tanto por acción como "por la inactividad del sujeto" cuando la ley lo sitúa en posición de garante, por lo que estaban obligados a adoptar medidas para devolver la solvencia a la entidad y, "pese a la supervisión del BdE, los administradores recurrentes adoptaron decisiones que empeoraron la situación". Rechaza igualmente el argumento de que no hubo pérdida económica ni para los impositores ni para las administraciones, y señala que el FROB hubo de aportar 392 millones.
Finalmente, es especialmente dura con el incumplimiento del plan de fusión al señalar que 9 meses después de su aprobación el BdE tuvo que requerir a la caja su cumplimiento, y "lejos de ser atendido, llego a rechazarse expresamente". Así, concluye que nada justifica rebajar el importe de unas multas de cuantía "correcta", y expresamente la de Gómez Sierra, y rechaza el recurso en todos sus términos.
LOS 16 AFECTADOS
Santiago Gómez Sierra, presidente (2007-2010) y canónigo del Cabildo. 4 cargos. 180.000 euros y 2 años de inhabilitación.Juan Moreno, presidente y canónigo (julio 2005-enero 2007). 1 cargo. 50.000 euros.
Alfredo Montes, vocal (jul. 2005-mayo 2010). 4 cargos. 137.000 euros.
Francisco J. Orozco, vocal (mayo 2008-mayo 2010). 4 cargos. 98.000 euros.
Joaquín Alberto Nieva, vocal (mayo 2008-2010). 4 cargos. 92.000 euros.
Manuel Pérez Moya, vocal (enero 2007-mayo 2010). 4 cargos. 107.000 euros.
Mario Iceta (jul 2005-abril 2008), actual obispo de Bilbao. 1 cargo. 30.000.
Juan Arias, vocal (abril 1981-nov. 2008). 1 cargo. 48.000 euros.
IMPOSITORES
Gerardo Muñoz (nov. 2008-2010). 4 cargos. 90.000.
Julio T. Díaz de la Cuesta, vocal (nov 2005-mayo 2010). 4 cargos. 135.000 euros.
Carmen Domínguez de la Concha, vocal (agosto 2007-mayo 2010). 4 cargos. 107.000 euros.
Amalia Fernández, vocal (nov.2005-mayo 2010). 4 cargos. 131.000 euros.
Manuel J. Aguilera (julio 2003-nov. 2005). 1 cargo. 20.000 euros
Francisco Martínez Saco, impositores, (julio 2003-junio 2008). 1 cargo. 49.000 euros.
Emilio López Monsalvete impositores (jul. 2003-agosto 2007). 1 cargo. 41.000 euros.
PERSONAL
José Leiva (Aspromonte), vocal (nov.2005-2010). 4 cargos. 136.000 euros.
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