martes, 19 de octubre de 2010

Zeta indemniza con 300.000 euros a Marta Sánchez.Filtró a un periódico una imagen de la cantante desnuda

 
Marta Sánchez en la portada de la revista 'Interviú'.
El Tribunal Supremo ha condenado a Ediciones Zeta a indemnizar con 300.500 euros a Marta Sánchez por haber filtrado a un periódico una imagen de la cantante desnuda y haber incumplido así el contrato por el que la revista Interviú le realizó un reportaje fotográfico de corte erótico.
La Sala de lo Civil del Alto Tribunal ha desestimado el recurso de Ediciones Zeta al considerar que la publicación de uno de los desnudos de Sánchez por parte del desparecido periódico "Claro de Madrid" vulneró el contrato subscrito entre Interviú y la cantante y provocó un daño a su imagen e intimidad.
El origen de este conflicto jurídico se remonta al 6 de junio de 1991, cuando Interviú publicó un reportaje de fotografías de desnudos de Sánchez. Ese mismo día, el periódico "Claro de Madrid" publicó en su edición uno de los desnudos de la cantante.
El reportaje tuvo lugar como consecuencia del contrato subscrito en mayo de 1991 por Ediciones Zeta y Marta Sánchez, que cobró el precio pactado. El contrato recogía una cláusula en la que se especificaba que la editora de Interviú debería indemnizar con 50 millones de pesetas (300.500 euros) a Sánchez si se publicaban fotografías que no hubiesen sido previamente aprobadas por la cantante o si se divulgaban los desnudos en cualquier otro medio de comunicación.
Tras la aparición de una de las imágenes del citado periódico, Sánchez decidió demandar a Ediciones Zeta por incumplimiento de contrato. Tanto el Juzgado de Primera Instancia número 14 de Madrid, en 2004, como la Sección 21 de la Audiencia Provincial de Madrid, en el año 2006, estimaron la demanda de Sánchez y condenaron a Ediciones Zeta a pagar 300.500 euros a la cantante en concepto de indemnización.
Las sentencias de instancia consideraron que la divulgación de una de las fotografías de Sánchez en el periódico "Claro" se produjo "bien porque se las entregó" Interviú para "obtener mayor reclamo" o bien por "una falta de diligencia" exigible a la revista.
Ediciones Zeta alegó en su recurso ante el Tribunal Supremo que nada pudo hacer "para impedir que un tercero de mala fe se hiciese con un ejemplar de la revista y fotografiase el interior de sus páginas".
En la sentencia hecha pública hoy, el tribunal, presidido por el magistrado Juan Antonio Xiol, rechaza este argumento en insiste en que, o bien la revista filtró el desnudo de Sánchez "a sabiendas", o bien "respondió a falta de diligencia de un profesional del medio que en las circunstancias concurrentes no debió facilitar un ejemplar de la revista antes de su venta en los quioscos".
Servimedia,

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