La Mesa del Senado ha decidido este miércoles suspender al senador preso Raül Romeva, según ha anunciado la vicepresidenta de la cámara alta, Cristina Narbona.
La también presidenta del PSOE ha agregado en su comparecencia ante los medios que han pedido un nuevo informe a los letrados para determinar el alcance de esta suspensión en lo referente a la formación de mayorías.
La Mesa sigue así las recomendaciones de los letrados de la cámara, que este mismo miércoles presentaron un informe en el que concluyeron que resultaba "indudable" la aplicación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal al caso del senador de ERC en prisión preventiva Raül Romeva y por tanto su suspensión en el ejercicio del cargo público, que deberá se además indefinida hasta que no cambie su situación.
El presidente del Senado, Manuel Cruz, solicitó hace una semana este trabajo a los letrados, pero el órgano que tiene que decidir sobre el asunto no ha sido convocado hasta este miércoles.
La conclusión de los letrados es que en aplicación de esa ley el senador "se halla ya, de hecho, suspenso ex lege" y que le corresponde a la Mesa darle "efectividad".
Los cuatro diputados del Congreso en la misma situaciónque el senador de ERC fueron ya suspendidos por la Cámara Baja el pasado viernes: Oriol Junqueras,de ERC, y Jordi Sànchez, Jordi Turully Josep Rull,de Junts per Catalunya.
'Ex lege'
Los letrados recogen en el informe las dos resoluciones del Tribunal Supremo con las que autorizó la salida de prisión de Romeva para tomar posesión del escaño y aclaró además a las defensas de los políticos presos que no cabía el suplicatorio para proseguir con el juicio, ni dejar sin efecto la prisión preventiva.
Añaden que la suspensión de un senador debe producirse según el Reglamento de la Cámara sólo mediante la concesión de suplicatorio, la retirada del aforamiento por parte del Pleno del Senado para permitir que uno de sus miembros pueda ser investigado.
Pero el propio Tribunal Supremo ha desestimado "de plano" esta vía, se expone en el informe: el juicio está en fase oral, posterior a la fase de la que habla el Reglamento para conceder el suplicatorio, y el "significado histórico de la inmunidad" parlamentaria no es proteger ante una causa penal "en la que un parlamentario electo ha sido ya procesado y acusado" y está en fase de juicio oral.
Los letrados descartan por tanto la suspensión por la vía reglamentaria, pero explican que es de aplicación la Ley de Enjuiciamiento Criminal, artículo 384, como solicitó la Fiscalía ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo.
Esta norma señala que firme un auto de procesamiento y decretada la prisión provisional, por delitos relacionados con bandas armadas, terrorismo o rebeldía, el procesado que tuviera cargo público "quedará automáticamente suspendido en el ejercicio del mismo mientras dure la situación de prisión".
En el informe se concluye que el senador Romeva "se halla ya, de hecho, suspenso ex lege y por lo tanto es suficiente constatar esta situación y extraer las consecuencias jurídicas correspondientes". "La Mesa del Senado es competente para dar efectividad a la suspensión", concluyen los letrados.
Alcances de la suspensión
Los servicios jurídicos del Senado añaden que corresponde a la Mesa determinar los efectos de la suspensión. Tanto PP como Ciudadanos solicitaron esta medida para el senador y el órgano de gobierno de la Cámara tiene que responder.
Los efectos de la suspensión son los derechos y deberes que corresponden a Romeva desde la perspectiva parlamentaria, la eventual repercusión en la composición del Senado y el sueldo y la protección social que le corresponden al senador.
"Finalmente --concluyen los letrados-- parece que la suspensión debe tener carácter indefinido, hasta tanto no se produzca una variación en la situación del senador Romeva que determine la no aplicabilidad del artículo 384 bis de la LECrim".
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