martes, 4 de abril de 2017

El Constitucional suspende la partida de los presupuestos catalanes para el referéndum

El desafío independentista de Cataluña
El tribunal admite el recurso del Gobierno, que considera inconstitucionales las cuentas de la Generalitat
 
El pleno de Tribunal Constitucional ha admitido este martes por unanimidad el recurso del Gobierno contra las partidas del presupuesto catalán para 2017 en las que se destinan fondos para un referéndum de independencia. La decisión del tribunal supone la suspensión cautelar inmediata de esas partidas —no así del resto de las cuentas autonómicas— ya que la Constitución, en su artículo 161.2, establece que cuando el Ejecutivo central impugna disposiciones y resoluciones autonómicas estas quedarán suspendidas.
Tal como había solicitado el Gobierno, el Constitucional advierte tanto al presidente de la Generalitat, Carles Puigdemont, a los miembros de su Gobierno y a los titulares de otros órganos competentes en materia presupuestaria y económica del Gobierno catalán para que desistan de seguir tramitando las partidas cuestionadas y les apercibe que de no hacerlo pueden incurrir en responsabilidad incluso penal.

La suspensión acordada este martes puede mantenerse durante un máximo de cinco meses. Antes de que se cumpla ese plazo, si el tribunal no ha dictaminado sobre el fondo del asunto (si las partidas presupuestarias destinadas al referéndum son o no constitucionales) los magistrados deben decidir si mantienen o levantan la suspensión de esos apartados de las cuentas catalanas hasta que haya sentencia sobre el presupuesto. El recurso del Gobierno se basa en la posible vulneración del artículo de la Constitución que establece como competencia exclusiva del Estado la convocatoria de refrendos, los artículos referidos a la soberanía y los de reforma constitucional.
Se trata de la primera decisión de calado del Constitucional tras la renovación de cuatro de sus doce magistrados y de su presidente, cargo que ocupa ahora el conservador Juan José González Rivas. Durante la etapa de su antecesor, Francisco Pérez de los Cobos, todas las sentencias y resoluciones sobre el proceso separatista de Cataluña se dictaron por unanimidad, una característica que el nuevo presidente del alto tribunal busca mantener.
Fue la Abogacía del Estado, en representación del Gobierno central, quien interpuso el recurso contra estas partidas del presupuesto autonómico para el referéndum. En aquel escrito, la Abogacía reclamaba al Constitucional que, en previsión de que pueda incumplirse la suspensión y abrirse procesos penales por desobediencia como los que ya han sido sentenciados recientemente por la consulta del 9-N, notificara "personalmente" la interposición del recurso no solo a altos cargos del Gobierno catalán como hasta ahora, sino también a altos funcionarios de la Generalitat. El tribunal ha accedido a esta petición y en la providencia dictada este martes pide la "notificación personal" de su resolución al presidente de la Generalitat, el vicepresidente, a todos los consejeros , así como al secretario del Govern, el secretario general de Economía y Hacienda, la interventora de la Generalitat, la directora de Contratación Pública y la directora general de presupuestos.
"Se les advierte a todos ellos de su deber de impedir o paralizar cualquier iniciativa que suponga eludir o ignorar la suspensión acordada. En particular, de que se abstengan de iniciar, tramitar, informar o dictar acuerdo alguno de disposición de las partidas presupuestarias impugnadas, o de cualesquiera otras, incluido el Fondo de Contingencia, adoptadas de conformidad con la disposición adicional 40, con el fin de financiar cualquier gasto derivado de la preparación, gestión y celebración del proceso referendario o del referéndum", señala la providencia del Constitucional, que apercibe a los altos cargos de las "eventuales responsabilidades, incluida la penal" en las que podrían incurrir si no atienden a su requerimiento.
El Pais

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