lunes, 15 de marzo de 2010

Condena al SAS por un despido indebido a una embarazada

El Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 8 de Sevilla ha condenado al Servicio Andaluz de Salud (SAS) a indemnizar con 6.200 euros a una enfermera a la que no se renovó su contrato mientras se encontraba de baja por un embarazo de riesgo.

Además, el fallo obliga al SAS a restablecer todos los derechos de los que gozaba la enfermera en el momento anterior al cese, de manera que computen para la bolsa de empleo y en futuros procesos de selección como tiempo trabajado y cotizado el periodo en el que estuvo "indebidamente cesada por la actuación discriminatoria de la Administración Sanitaria".



A la enfermera se le abonan las cuotas a la Seguridad Social, aunque no se la reincorpora a su puesto de trabajo. La sentencia declara nula la actuación del SAS por vulneración del artículo 14 de la Constitución, que prohíbe la discriminación por razón de sexo o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.


El Sindicato de Enfermería, que defendió a la sanitaria en el juicio, explica que la enfermera trabajaba como eventual estructural, con sucesivos contratos concatenados hasta el momento en el que se encontraba de baja por embarazo de alto riesgo, y que no fue renovada, mientras sí lo fueron el resto de sanitarios en idéntica situación contractual que la embarazada.


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