Muchas empresas han difundido sus supuestos alimentos funcionales con engaños. Esto tiene fecha de caducidad, en 2011 no podrá existir ningún alimento que publicite beneficios inexistentes. Conoce cuáles son las trampas más frecuentes y qué medidas se tomarán contra ellas.
Llamamos alimentos funcionales a aquellos alimentos cuyo consumo aporta beneficios para la salud y/o reduce el riesgo de aparición de determinadas enfermedades. Esta propiedad saludable se debe a la presencia de un componente en la dosis suficiente como para ejercer un efecto beneficioso (polifenoles, Omega 3, etc...) o a la ausencia de un elemento dañino para algunas personas (al actuar como un alérgeno o provocar intolerancia).
Desde que en los años 80 aparecieran en Japón los primeros alimentos funcionales, el furor en el mercado de estos productos no ha parado de crecer en el primer mundo. Su crecimiento en las ventas, en España, es muy superior al resto de alimentos tradicionales. Pese a que una dieta equilibrada hace innecesarios la mayoría de los alimentos funcionales, la conciencia de "comer mal" lleva, en muchos casos, a apostar por estos alimentos antes que mejorar una dieta deficitaria. Por ejemplo, hay mucha gente que prefiere tomar alimentos "funcionales" con cantidades minúsculas de Omega 3 que tomar en la dieta un poco de pescado azul, que posee grandes cantidades de este componente.
¿Qué trampas utilizan las empresas para publicitar sus alimentos funcionales?
La primera y principal trampa es la publicidad de los beneficios de un alimento funcional sin absolutamente ninguna evidencia científica que lo avale o con estudios que no se correspondan con las afirmaciones hechas. Posiblemente esto llame la atención a muchas personas. ¿es legal y permisible anunciar beneficios inexistentes o no demostrados? La respuesta, en nuestro país, es que han tenido una gran laguna legal que no prohibía expresamente estas prácticas lo que les ha dejado el campo libre para realizarlas sin apenas repercusiones legales.
La segunda trampa es anunciar el beneficio de un determinado componente (como el Omega 3) sin contar en ningún momento que el alimento funcional lo posee en tan poca cantidad que no ofrece ningún beneficio para la salud cuando se consume normalmente.
La tercera trampa es equiparar sutilmente los beneficios de un alimento funcional con un fármaco. Aunque los alimentos funcionales puedan ser beneficiosos para la salud, no tienen el valor sanitario que poseen los medicamentos ni tampoco son un factor definitivo en la prevención de enfermedades.
Existen tres ejemplos muy llamativos de empresas que han utilizado estas trampas:
Puleva Omega 3:
La empresa menciona los beneficios del Omega 3 y lo bueno que son estos ácidos grasos para prevenir enfermedades cardiovasculares. Lo que no dicen en ningún momento es que esta leche posee Omega 3 en tan poca cantidad que para que tuviera algún efecto beneficioso para la salud tendrías que ingerir entre 2 y 6 kg diarios de esta leche.
Ya nos lo decía un endocrinólogo, profesor en la Universidad de Valencia, en una clase hablando sobre los omega 3. «Las leches esas con Omega 3, ni las menciono, porque son como un preparado homeopático, están tan diluidos que es difícil saber si de verdad llegó a haber algo».
Reglero D-Fruta:
Anuncia propiedades beneficiosas como que "controla el colesterol, combate radicales libres y elimina el colesterol" gracias especialmente a las catequinas (polifenoles vegetales). Sin embargo, la cantidad de éstas en las galletas es minúscula, del 0.01%. Lo que hace necesario comerse 9 kg de galletas al día para que las supuestas propiedades beneficiosas sean una realidad.
Actimel de Danone:
Muchas de las propiedades beneficiosas que atribuye Danone a Actimel no están respaldadas científicamente y/o son afirmaciones engañosas. Entre ellas, la famosa frase "ayuda a tus defensas" es claramente confusa pues induce a pensar que previene y mejora la respuesta frente a cualquier infección, cosa que no es cierta ni se deriva de la lectura de los estudios publicados por Danone.
¿Qué medidas se van a tomar contra estas trampas?
La Unión Europea aprobó en 2006 un reglamento sobre la publicidad de alimentos funcionales que será aplicable, a todos los efectos, a principios de 2011. Esta normativa surge frente a la parsimonia y pasividad de la mayoría de los gobiernos de países europeos en poner algo de orden entre los desmadres publicitarios de los alimentos funcionales.
La intención es clara: proteger al consumidor de la publicidad engañosa. De esta manera, toda publicidad de un alimento funcional con supuestas propiedades beneficiosas sin ningún aval científico está prohibida y sancionada. Las empresas tendrán que hacer estudios científicos en varias fases (experimentos in vitro, ratones, ratas y, finalmente, ensayos clínicos en humanos a través de hospitales) para respaldar sus afirmaciones. Estos estudios científicos serán evaluados por un comité de investigación europeo independiente, la EFSA (Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria).
Por otro lado, no se permitirá el uso de términos que den pie a la confusión del consumidor por ser ambiguos o poco concretos o hagan alusión a beneficios sobre el bienestar general.
Las desventajas de la nueva normativa de alimentos funcionales
Aunque esta normativa va a proteger a los consumidores, no se libra de grandes inconvenientes:
Las empresas más grandes y con mayor poder económico serán capaces de llevar a cabo sin dificultad los experimentos y ensayos clínicos necesarios para evaluar sus productos. Sin embargo, las pequeñas empresas de alimentación tendrán serias dificultades para hacerlo. Esto lleva a una desigualdad apreciable que beneficiará a los más grandes y perjudicará a los más pequeños.
Si una empresa avala científicamente una propiedad beneficiosa y nueva para un determinado componente de un producto recién creado, éste tendrá una especie de exclusividad o patente. Otras empresas no podrán "crear" ni vender ese mismo alimento funcional ni publicitarlo como equivalente durante varios años. Eso dificulta la aparición de marcas blancas que podrían ser igualmente beneficiosas pero que no pueden vender un producto equivalente por existir una especie de "patente" en ese ámbito.
¿La experimentación obligada de alimentos funcionales en animales de laboratorio llevará a la furia de los ecologistas? Muchos son los que critican la experimentación animal para evaluar productos cosméticos (los más fanáticos, también para el desarrollo de fármacos) por su supuesta trivialidad. ¿Ocurrirá lo mismo con los experimentos para los alimentos funcionales?
Avicena o Ibn Siná (como fue llamado en persa y en árabe) nació en el año 980 en Afshana (provincia de Jorasán, actualmente en Uzbekistán). Cuando tan sólo contaba con 17 años ya gozaba de fama como médico por salvar la vida del emir Nuh ibn Mansur. Puede ser considerado el inventor de la traqueotomía, cuyo manual operatorio sería precisado por el célebre cirujano árabe Abū el-Kasis de Córdoba. Libros: El canon de medicina, El libro de la curación, Poema de la medicina
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